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Confirman las condenas a los responsables de un prostíbulo de Las Palmas

EFE | Las Palmas

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado las condenas de seis años de cárcel impuestas a los dos responsables del club “Excita” de Las Palmas de Gran Canaria, por propiciar la entrada fraudulenta de jóvenes brasileñas en España que ejercían la prostitución en su establecimiento.

El Supremo confirma así el criterio establecido por la Audiencia de Las Palmas, que en mayo de 2011 declaró probado que Carlos A.O., de 39 años, y Antonio M.S., de 44, reclutaban en Brasil prostitutas, a las que facilitaban los billetes de avión y el dinero necesario para que pudieran entrar en España con el visado de turista.

Las mujeres contraían de ese modo una deuda con los acusados que debían saldar prostituyéndose en el club “Excita”, situado en la calle General Vives de la capital grancanaria, y ofreciendo sus servicios sexuales a través de una página web.

La Audiencia Provincial consideró a ambos culpables de un delito contra los derechos de los extranjeros, en la modalidad de favorecimiento de la inmigración clandestina con ánimo de lucro.

En su recurso, los acusados negaban los hechos y ponían en cuestión que en este caso pudiera hablarse de inmigración clandestina, ya que las mujeres entraban en país como turistas.

Sin embargo, el Supremo recuerda que “por tráfico ilegal debe entenderse cualquier movimiento de personas extranjeras que trate de burlar la legislación española sobre inmigración”.

“El tráfico ilegal no sólo es el clandestino, sino también el que siendo en principio y aparentemente lícito se hace pensando en no respetar la legalidad y, por ello, merece tal calificación la entrada como turista, pero con la finalidad de permanecer después de forma ilegal en España sin regularizar la situación”, añade.

El Alto Tribunal recalca que, en consecuencia, “la inmigración debe reputarse como clandestina cuando se oculta la finalidad ilícita pretendida por quien la facilita, favorece o promueve”, algo que ocurre “cuando se introduce (en el país) a otras personas con la finalidad de explotarlas sexualmente haciéndolas aparecer como turistas”.

La sentencia estima que este es el caso de los dos acusados, por lo que confirma las condenas dictadas para ambos: seis años y medio de prisión para Carlos A.O. y seis años para Antonio M.S.