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Banca Cívica suspenderá empleo si no salen 1.500 trabajadores voluntariamente

EFE | Santa Cruz

Banca Cívica prevé la salida de 1.500 trabajadores, el 20 % de una plantilla de unos 7.800, mediante bajas incentivadas, prejubilaciones con 54 años y suspensiones temporales de empleo de forma voluntaria, aunque éstas serán obligatorias si entre las tres medidas no salen 1.500 empleados.

Estas propuestas se recogen en el acuerdo de medidas de reestructuración de Banca Cívica, firmado ayer por CCOO, UGT, CSICA, SEA y GTB, que representan a un 98,19 % de los trabajadores en el ámbito de la entidad Banca Cívica, que integra a Caja Canarias, Cajasol, Caja Navarra y Caja Burgos.

Según dicho acuerdo de reestructuración, al que ha tenido acceso Efe, a las prejubilaciones se podrán acoger los trabajadores que tengan cumplidos 54 años a 31 de diciembre de 2012, con una antigüedad de seis años y que a la fecha prevista de jubilación anticipada de 63 años tengan cotizados 33 años.

El plazo para acogerse a esta medida es hasta el 31 de julio de 2012 y, con carácter general, la extinción del contrato se producirá antes de esa fecha, aunque de forma excepcional y por razones organizativas se podrá retrasar hasta junio de 2013.

Los prejubilados cobrarán una cantidad bruta anual equivalente al 75 % de la retribución fija percibida en los últimos doce meses anteriores a la prejubilación y se podrá percibir en pago único o en forma de renta mensual.

A las bajas incentivadas se podrán acoger todos los trabajadores, excepto los que tengan la edad requerida para la prejubilación, con un límite de 1.100 empleados.

La entidad podrá rechazar la extinción de contratos de los trabajadores con cincuenta años o más “teniendo en cuentas las medidas legales para desincentivar y penalizar la salida del mercado de trabajo de las personas de más edad”, según reza el acuerdo.

También podrá rechazar la empresa por razones organizativas que un trabajador se acoge a las bajas incentivadas, salvo si es consecuencia de un traslado decidido de forma unilateral por la entidad financiera.

El período para acogerse a esta medida se extenderá hasta diciembre de 2013.

Las indemnizaciones serán de 35 días de salario por año de servicio con un límite de dos anualidades y un máximo de 200.000 euros.

No obstante, los trabajadores que se acojan a las bajas indemnizadas con anterioridad al 15 de julio de 2012 percibirán 45 días de salario por año de servicio, con un límite de 42 mensualidades, sin que se pueda superar los 300.000 euros, más una cantidad adicional en razón a los años de trabajo que va desde 10.000 a 30.000 euros.

La indemnización mínima se fija en una anualidad del salario fijo total en el momento de extinción del contrato.

Si la medida de extinción de contrato afecta a un trabajador con más de 50 años que no pueda acogerse a la prejubilación, además de las indemnizaciones señaladas percibirán una cantidad lineal equivalente a 100.000 euros.

La tercera medida contemplada es la suspensión de contratos hasta un veinte por ciento de los trabajadores de la entidad, siempre que manifiesten su voluntad antes del 15 de julio de 2012, y, con carácter general, será de un año aunque el trabajador podrá solicitar ampliarlo a dos.