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Un hombre y su compañera condenados a 2 años por maltratar al hijo del varón

EFE | San Sebastián

Un hombre y su compañera sentimental han sido condenados a dos años de cárcel por maltratar física y psicológicamente al hijo del acusado, un menor que a consecuencia de estos hechos sufría ansiedad, cambios de humor y “dificultades en cuanto a su identidad sexual”.

Según la sentencia del caso, a la que hoy ha tenido acceso EFE, los hechos se produjeron en el domicilio familiar de Oñati (Guipuzkoa), donde ambos integrantes de la pareja “ejercieron violencia psíquica y física sobre el menor”.

La resolución concreta que la mujer “insultaba y vejaba al menor” y le obligaba a dormir en el suelo debido a que se orinaba en la cama, además de tirarle de las orejas y burlarse “de su masculinidad”.

El padre del menor, “además de observar lo que hacía su pareja” con su hijo, también “maltrataba físicamente” al niño y llegó, en alguna ocasión, a “golpearle con el cinturón”.

A raíz de estos episodios, el pequeño “presenta un nivel moderado de neuroticismo que se refleja en rasgos de ansiedad con bajo estado de ánimo, así como cambios frecuentes de humor”.

Además, “a nivel de relación social”, es un menor “reservado, distante y desconfiado con dificultades en cuanto a su identidad sexual y con sentimiento de desamparo” y presenta “una alta susceptibilidad al maltrato”.

La sentencia destaca que el niño “necesita de apoyo terapéutico que le ayude a elaborar sus vivencias, situar las figuras parentales en el lugar que le corresponde y que le acompañe en el proceso de identificación de género”.

Tras estos hechos, el niño se trasladó a vivir con su madre fuera de la Comunidad Autónoma Vasca.

Durante el juicio por estos hechos, los dos procesados se conformaron con la pena que solicitó el fiscal, por lo que ahora cada uno de ellos ha sido condenado a dos años de cárcel por un delito de maltrato psíquico y físico habitual en su modalidad de haberse cometido los hechos en el domicilio familiar.

Asimismo, la resolución impide a la pareja comunicarse con su víctima o aproximarse a ella durante tres años, mientras que al padre le retira la patria potestad durante otros tres años más.

La sentencia también condena al hombre a pagar una multa de 180 euros como autor de una falta de maltrato de obra.