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El fraude a la Seguridad Social se penará con hasta seis años de cárcel

EFE | Madrid

El Gobierno ha dado hoy un nuevo paso para endurecer las penas por fraude a la Seguridad Social, con lo que crear empresas fantasma pasará a estar castigado con hasta seis años de cárcel, mientras que se rebajará a 50.000 euros la cantidad defraudada mínima perseguible con penas de prisión.

Ambos extremos se incluyen en el proyecto de ley de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social, un texto que ha sido hoy aprobado por el Consejo de Ministros y remitido al Congreso para su tramitación a la vuelta del verano.

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha asegurado que se trata de “recuperar la confianza y la credibilidad del país” a través de un cumplimiento “leal y responsable” de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y con un “cambio de mentalidad” en lo privado.

La idea es “acabar en España con esa visión tolerante frente al que defrauda, no paga impuestos, da facturas sin IVA y encima te lo pregunta con total desparpajo”, o el que “va de listo por la vida, trabajando y cobrando subvenciones”, según Sáenz de Santamaría.

Ha recordado que se trata de dar mayores instrumentos a los inspectores de trabajo, toda vez que, por ejemplo, las empresas ficticias detectadas en los seis primeros meses del año han crecido un 537 %, mientras que ha subido un 117,82 % el porcentaje de contratos de trabajo simulados descubiertos.

Para estas empresas fantasma, sin actividad real y que simulan relaciones laborales con el único propósito de obtener prestaciones o subvenciones públicas, la pena máxima pasa de cinco a seis años (independientemente de la cuantía de su fraude).

Asimismo, se sancionará a quienes empleen en talleres clandestinos a una pluralidad de trabajadores sin comunicar su alta en la Seguridad Social o sin haber obtenido la correspondiente autorización de trabajo.

En materia de prestaciones por desempleo, se han llevado a cabo 10.209 actuaciones en los seis primeros meses del año y se han detectado 3.211 infracciones de empresarios que daban ocupación a perceptores de prestación por desempleo (26,72 % más).

Se ha descubierto asimismo en estas inspecciones que el número de trabajadores que compatibilizaban indebidamente prestaciones con trabajo era de 4.379 (38,49 % más).

Las modificaciones que afectan a la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social permitirán establecer especiales o mayores sanciones en aquellos supuestos fraudulentos que afecten a una pluralidad de trabajadores y supongan una disminución de los ingresos de la Seguridad Social.

En este supuesto, la conducta podrá ser sancionada en una cuantía que va desde 6.251 euros a 187.515 euros.

En lo que respecta a los delitos fiscales, la pena máxima de seis años y la prescripción a los diez años se aplicará a los fraudes que excedan de 600.000 euros o a aquellos que se hayan cometido en el seno de una organización o grupo criminal.

También se aplicará cuando se usen testaferros, negocios fiduciarios o paraísos fiscales que dificulten u oculten la identidad del obligado a declarar.

Por otra parte, se faculta a la Administración Tributaria a no paralizar un procedimiento recaudatorio por la existencia de un proceso penal, salvo que el juez ordene otra cosa.

En las tramas de estafa de IVA ya no será necesario esperar un año para denunciar los fraudes superiores a 120.000, con lo que se podrán perseguir de forma inmediata.

Además, se establece una “rebaja importante” de la pena por la reparación del perjuicio económico causado a la Hacienda Pública, que se aplicará dentro de los dos primeros meses tras haber recibido una citación judicial y en los casos en que el contribuyente colabore en la identificación de otros responsables.