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Localizan a 6 personas que realizaban marisqueo ilegal de mejillones en la costa de Fuerteventura

EUROPA PRESS | Puerto del Rosario

Agentes de Medio Ambiente del Cabildo de Fuerteventura han localizado entre las 19.00 y 23.00 horas de este miércoles a seis personas que presuntamente practicaban marisqueo ilegal de mejillones en la costa de Fuerteventura.

Ante estos hechos, los agentes procedieron a identificar e instruir las pertinentes denuncias de las seis personas, después de que fueran localizados en la zona de Agualiques y Agua Tres Piedras, en la costa del Parque Natural de Jandía, en el municipio de Pájara (Fuerteventura), según informó la institución insular en nota de prensa.

En cuanto a los denunciados, dos de las personas identificadas son naturales de la isla de Fuerteventura, mientras que otros dos son de nacionalidad italiana, un alemán y un joven de la Península. Todos ellos presuntamente mariscaban distribuidos en distintos grupos, no relacionados entre sí, según informó el Cabildo de Fuerteventura en nota de prensa.

Tras ser localizados, los agentes se incautaron de un total de 67 kilos de mejillones.

Ante esta actuación, la consejera de Medio Ambiente del Cabildo de Fuerteventura, Natalia Évora, ha agradecido el trabajo de los agentes de Medio Ambiente, coordinados con vigilantes de Medio Ambiente, policías locales y Guardia Civil, ya que señaló que está “permitiendo extender el ámbito de actuación”.

“La responsabilidad no es sólo de quien captura estos animales sino también de quienes los compran, que igualmente pueden ser sancionados si se comprueba”, resaltó la consejera.

Marisqueo prohibido por orden

Por otro lado, se ha recordado que el marisqueo del mejillón (Perna perna) está completamente prohibido en todo el territorio insular, en base a la Orden de 16 de julio de 2004 del Gobierno de Canarias que continúa vigente, y que inicialmente fue publicada en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) 141 de 22 de julio de ese mismo año.

Asimismo, se ha recordado que en Canarias también está prohibida en todos los casos la recolección de especies marisqueras como el percebe (Pollicipes pollicipes), la claca (Megabalanus azoricus) y la carnadilla (Stramonita haemastoma).

Además, la orden de veda establece esta medida a fin de “favorecer la recuperación de las especies”, por lo que su recolección se somete a un período de veda de tres años prorrogable automáticamente por períodos anuales o hasta la recuperación del recurso que “permita su explotación limitada”.

Respecto a la recolección de otras especies como el pulpo (Octopus vulgaris), el burgado común (Osilinus atratus) y el burgado macho (Osilinus sauciatus), y los cangrejos moro o negro (Grapsus adscensionis) y blanco (Plagusia depressa), se encuentra sujeta a criterios de tamaño y peso, y se diferencia también en la normativa la cantidad que se pueden mariscar los pescadores profesionales y recreativos.

Finalmente, se recordó que el marisqueo ilegal en época de veda se encuentra tipificado en la Ley de Pesca de Canarias como sanción administrativa grave, con multas de entre 301 y 60.000 euros. Asimismo, en el caso de atentar un infractor contra una especie en peligro de extinción, como sería el caso de la lapa majorera (Patella candei), se trata de una infracción muy grave en la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y Biodiversidad, con sanciones fijada entre los 200.000 y los 2 millones de euros.
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