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Canarias desinFLA la deuda

Reunión del Consejo de Política Fiscal y Financiera
Una reunión del Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF), en Madrid. / EFE

DOMINGO NEGRÍN MORENO | Santa Cruz de Tenerife

Canarias respira aliviada con el balón de oxígeno del Fondo de Liquidez Autonómico (FLA). El préstamo de 756,8 millones de euros permitirá a la Comunidad Autónoma afrontar el vencimiento de deuda pendiente en lo que queda de año, por un importe de 326 millones. Los 430 millones restantes se utilizarán para financiar el presupuesto ordinario: las facturas y el tráfico normal de la Administración regional.

El Gobierno autonómico se ha cuidado mucho en dejar claro que las nóminas están aseguradas con los tributos propios y con el sistema de financiación. “No es un problema de solvencia”, se insiste machaconamente.

Después de marear la perdiz durante el verano, el consejero de Economía y Hacienda, Javier González Ortiz, calcula un ahorro para los bolsillos de los ciudadanos de 200 millones de euros en comparación con el precio que marcan los mercados. Serán años diez de amortización y dos de carencia, con un interés que rondará el 5,5%.

Como ocurre con cualquier crédito, el prestamista fija sus condiciones. Las de este mecanismo creado por el Gobierno de la nación para ayudar a las comunidades en apuros están explicitadas en el real decreto-ley 21/2012, de 13 de julio, de medidas de liquidez de las administraciones públicas y en el ámbito financiero. En resumidas cuentas, Canarias deberá afanarse en cumplir el objetivo de déficit (el 1,5%), revisar el plan de ajuste -lo presentó para acogerse al pago a proveedores-, estar al corriente con las obligaciones de la Seguridad Social o del pago del IRPF y remitir periódicamente documentación al Ministerio de Hacienda sobre la ejecución presupuestaria, la tesorería y las previsiones. Tampoco podrá realizar operaciones con valores o de crédito en el extranjero sin la autorización del Tesoro.

Ahora bien, una Comunidad Autónoma estará rescatada cuando el Ministerio de Hacienda interviene sus presupuestos. Y eso sucederá únicamente si se vulnera el principio de estabilidad.

El fondo implica que las partidas que figuran en los presupuestos de las comunidades como déficit autorizado por parte del Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF) y del Consejo de Ministros se puedan materializar, al no ser posible hacerlo por la vía bancaria.

La ley orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, facilita que las comunidades autónomas y las corporaciones locales accedan a medidas extraordinarias de apoyo a la liquidez. A tal efecto, se diseña un instrumento temporal y voluntario que permita obtener recursos para financiar el endeudamiento permitido. El responsable del Fondo de Liquidez Autonómico es el Instituto de Crédito Oficial (ICO). Inicialmente, está dotado con la cifra de 18.000 millones de euros: Loterías del Estado aporta de 6.000 millones y el Tesoro desembolsa 4.000 millones. Los inversores privados contribuyen con 8.000 millones de euros, cifra que se cubrió la pasada semana con la colocación de 4.879 millones.

Las peticiones formuladas por seis comunidades autónomas (Cataluña, Castilla-La Mancha, Región de Murcia, Comunidad Valenciana, Andalucía y Canarias) representan el 89% de ese dinero. La que más necesita es Cataluña: 5.433 millones. Las once restantes disponen de plazo hasta el 31 de diciembre para formalizar su adhesión si lo consideran oportuno.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el 5 de octubre la orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que define el procedimiento del envío desde las comunidades autónomas de información económica y financiera. El primer informe de los datos de ejecución presupuestaria es el referido a julio y agosto. La periodicidad será mensual a partir de noviembre.

Con carácter anual, antes del 31 de marzo se remitirá una predicción de endeudamiento; para el 1 de agosto, el límite de gasto no financiero, y en octubre, las líneas fundamentales de los siguientes presupuestos.

Por si acaso, la maquinaria coercitiva ya está engrasada.

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Condiciones financieras y fiscales

La Comunidad Autónoma se someterá a los principios de prudencia financiera que se fijen por resolución de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.

La liquidez otorgada con este mecanismo deberá ser utilizada para atender: los vencimientos correspondientes a los valores emitidos; los vencimientos de préstamos concedidos por instituciones europeas de las que España sea miembro; aquellas operaciones que no puedan ser refinanciadas o novadas por las propias comunidades autónomas, y las necesidades de financiación del déficit público.

No podrán realizar operaciones instrumentadas en valores ni operaciones de crédito en el extranjero, salvo previa autorización expresa de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera sin perjuicio de la autorización preceptiva del Consejo de Ministros, de conformidad con el artículo 14 de la ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.

En el plazo de quince días naturales desde la aprobación del acuerdo de adhesión, la Comunidad Autónoma deberá presentar y pactar con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas un plan de ajuste que asegure el cumplimiento de los objetivos de estabilidad y de deuda pública, así como el reembolso de las cantidades aportadas por el Fondo de Liquidez Autonómico. Como Canarias ya lo tiene, se acometerán las modificaciones pertinentes.

El plan de ajuste deberá actualizarse al menos una vez al año, en consonancia con el presupuesto autonómico.

La falta de remisión o la evaluación desfavorable del plan de ajuste significarán la inadmisión de la adhesión al FLA.

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