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Los autobuses de línea podrán pedir una subida extraordinaria del billete

EUROPA PRESS |MADRID

Las empresas de autobuses que prestan servicios regulares de transporte público de viajeros por carretera podrán solicitar “de forma individual” al Ministerio de Fomento realizar una subida extraordinaria del precio del billete en caso de que la línea que explotan en concesión presente un desequilibrio económico.

Así lo recoge el anteproyecto de modificación de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) aprobado este viernes en Consejo de Ministros, y que ahora emprende su tramitación parlamentaria.

Con la modificación de esta Ley, el Ejecutivo busca optimizar la competitividad y la eficiencia del sector y sus empresas, mejorar el servicio público de transporte e introducir una mayor transparencia y control, según destacó la ministra de Fomento, Ana Pastor, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

En la misma línea, Pastor garantizó que no se traducirá en un aumento del precio de los billetes de los autobuses de línea el canon anual que, en virtud de esta nueva Ley, Fomento cobrará a las empresas de autobuses que las explotan. Según aseguró, la Administración seguirá fijando las tarifas máximas.

“El establecimiento de un canon no subirá el precio del billete, pero aumentará la eficiencia del servicio, dado que se buscará aumentar el volumen de recaudación de recursos”, argumentó la ministra.

El cobro de este canon se introducirá así en las 47 concesiones de transporte de viajeros por carretera que Fomento calcula se renovarán en 2013, casi la mitad del total de 101 que actualmente mantiene. Con estos servicios se atienden a 3.330 poblaciones y se transportan 36 millones de viajeros al año.

Según explicó la ministra, serán las empresas las que indiquen el canon a pagar en las ofertas que presenten para hacerse con la concesión, de forma que será “un elemento determinante para su adjudicación”.

Pastor defendió el sistema de explotación de líneas de transporte de viajeros en autobús en régimen de concesión, al asegurar que, además de no requerir subvención pública alguna, garantiza la cohesión territorial, la capilaridad y la accesibilidad y movilidad de los ciudadanos, “todo ellos a un precio muy competitivo”.
PLAZO MÁXIMO DE CONCESIÓN.

Entre el resto de novedades que introduce la nueva LOTT en cuanto a las concesiones de líneas regulares destaca la limitación de los plazos de concesión a un máximo de diez años, frente hasta noventa que se alargaban algunos casos actualmente.

También sobresale la posibilidad de realizar transportes combinados, por ejemplo de trabajadores y escolares. Además, obliga a los concesionarios a inscribir los contratos en el registro para así mejorar su transparencia.

En cuanto a los servicios de transporte de viajeros en autobús que no sean concesiones administrativas, se suprime la tarifa mínima del servicio que hasta ahora fijaba el Gobierno.

En virtud de esta modificación de la LOTT, se reducen también las cargas administrativas para las empresas del sector, de forma que permite obtener una licencia (que será única para todos los servicios) en una hora, se refuerza el marco legal para impedir el intrusismo y se amplían las posibilidades de recurrir a las juntas arbitrales para solventar conflictos.

En materia de sanciones, se podrá reducir en un 30% la cuantía de las mismas por pronto pago, al igual que ocurre con las multas de tráfico.

El sector del transporte por carretera está integrado por 3.625 empresas, en cuanto a tráfico de viajeros se refiere, que suman 42.000 vehículos. El subsector de transporte de mercancías lo conforman 104.500 empresas y medio millón de vehículos. Se trata de un sector “muy atomizado”, dado que más de la mitad (el 53%) de las empresas tienen un sólo vehículo.