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El Gobierno creará un registro de condenados por impago del alquiler

EUROPA PRESS | Madrid

El Gobierno creará un Registro de Sentencias firmes de impagos de rentas de alquiler, donde se recogerán los datos de todos los ciudadanos que hayan sido condenados en firme, judicialmente en un desahucio o por la vía del laudo arbitral, por no haber cumplido sus obligaciones de pago para que puedan ser conocidos por los arrendatarios.

Así lo recoge una de las 18 enmiendas presentadas en el Congreso por el PP al Proyecto de Ley de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, que recoge Europa Press y que será incorporada al texto gracias a la mayoría absoluta de la que gozan los ‘populares’.

El Secretario Judicial o los órganos de arbitraje competentes estarán obligados a remitir la información –aunque no se precisa qué datos concretamente– de estas personas al registro, al que podrán acceder los propietarios de inmuebles que deseen suscribir contratos de arrendamiento, sean personas físicas o jurídicas.

Para consultar esta información, deberán «presentar una propuesta de contrato de arrendamiento en la que se identifique al eventual arrendatario, limitándose la información a la que tendrá derecho a los datos que consten en el Registro, relacionados exclusivamente con dicho arrendatario».

El objetivo, según reza la enmienda, es de «prevención y control», con la vista puesta en «incrementar la seguridad del arrendador» que se ha «visto obligado» a acudir a la justicia y al que se ha dado la razón, para evitar que quienes ponen inmuebles en el mercado «contraten con quienes ya han tenido el antecedente de obligar a un arrendador a acudir al auxilio judicial o arbitral».

En otra enmienda, el PP insta al Gobierno a presentar, un real decreto que regule este registro, que en cualquier caso deberá borrar los datos al cabo de un máximo de seis años desde la inscripción de forma automática, o a requerimiento del deudor cuando haya satisfecho la deuda por la que fue condenado.

OBLIGADOS A AVISAR DE LA VENTA

Por otra parte, los ‘populares’ también proponen una modificación sobre las obligaciones del arrendador en caso de querer vender el piso. En este sentido, y siempre que «se haya pactado la renuncia» del arrendatario en el derecho de adquisición preferente, el dueño de la vivienda deberá comunicar a su inquilino su intención de venderla «con una antelación mínima de 30 días a la fecha de formalización del contrato de compraventa».

«Si no, nos podríamos encontrar en la situación de que el arrendatario se enterase de la venta del inmueble cuando ésta ya se hubiese producido, sin tener un plazo mínimo para buscar una nueva vivienda o realizar las gestiones que estime oportunas», se alega en el texto.

Asimismo, el PP incluye un cambio para que los arrendatarios puedan realizar las obras que sean necesarias para adecuar la vivienda a su condición de discapacitado o a la del cónyuge o cualquier otra persona con la que conviva de forma permanente. No obstante, deberá notificar estos cambios por escrito al arrendador y, en caso de que éste lo exija, deberá reponer la vivienda al estado anterior al término del contrato.

También se propone que el aviso del propietario al inquilino cuando tenga necesidad de la vivienda para sí mismo o para familiares deberá realizarse «al menos con dos meses de antelación» a la fecha de salida, y se recoge la posibilidad de que las partes puedan llegar a acuerdos diferentes.

LANZAMIENTOS DE DESAHUCIO

Las enmiendas del Grupo Popular incluyen asimismo algunas modificaciones con respecto a los desahucios por impago del alquiler, tales como que «la falta de oposición al requerimiento (de desalojo) supondrá la prestación de su consentimiento a la resolución del contrato de arrendamiento que le vincula con el arrendador».

Si el inquilino no atendiera el requerimiento de pago o expresara su oposición, o si efectuara el desalojo pero no pagara la cantidad reclamada, el decreto dando por terminado el procedimiento «impondrá las costas al demandado e incluirá las rentas debidas que se devenguen con posterioridad a la presentación de la demanda y hasta la entrega de la posesión efectiva de la finca, tomándose como base de la liquidación de las rentas futuras el importe de la última mensualidad reclamada al presentar la demanda».

El PP también ha presentado un paquete de enmiendas para adecuar las funciones de secretarios judiciales y jueces en función del reparto competencial recogido en la Ley de Reforma de la Legislación Procesal par la implantación de la Nueva Oficina Judicial.

Asimismo, ha decidido suprimir los tres artículos del proyecto de ley que hacían referencia, respectivamente, a la flexibilización del régimen fiscal del Impuesto de Sociedades aplicable a los arrendatarios, a la regulación de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (Socimi) y al gravamen especial del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. La justificación para esta decisión se encuentra en que estas previsiones están ya contenidas en la Ley de Medidas Tributarias para la Consolidación de las Finanzas Públicas aprobada el año pasado.