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Sentencias ejemplarizantes – Por Leopoldo Fernández

   

Varias resoluciones dictadas por los tribunales de Justicia han venido a poner racionalidad y cordura en el siempre difícil panorama de la planificación urbanística y del desarrollo socioeconómico en lo que atañe a la protección, ordenación y aprovechamiento de los recursos naturales -entre los que el suelo ocupa un lugar relevante- y las competencias que al respecto tienen cabildos y ayuntamientos. Me refiero a la sentencia del Tribunal Constitucional que ni siquiera ha admitido a trámite el recurso planteado por 36 de los 88 ayuntamientos canarios que reclamaban para sí las atribuciones que la Ley del Sector Eléctrico de las Islas concede a la comunidad autónoma en las obras “de interés general”. Bien está que se tenga en cuenta la opinión de cualquier municipio sobre las obras que le afecten para, en su caso, solventar las eventuales diferencias con otras administraciones; pero de ahí a que las corporaciones locales sean determinantes en la potestad de otorgar o no licencias y permisos en obras de “interés general” o supramunicipal, media un largo trecho. Precisamente porque debe estar subordinada a una causa preeminente, la autonomía local tiene sus justos límites y es una instancia superior -el Cabildo o, como es el caso, el Gobierno autonómico- la competente para la autorización final de cualquier obra de infraestructura como la citada. No es bueno caer en esos reinos de taifas que -como ya se ha comprobado- pueden condicionar a capricho la concesión de licencias urbanísticas ordinarias “o cualquier otro acto de control preventivo municipal o insular” de carácter determinante. Este argumento sirve también, aunque a otro nivel, para los permisos de exploración petrolea en aguas de Canarias -que son de “interés general” y nacional mal que le pese al Ejecutivo autonómico-, y para la construcción de centrales térmicas, como recientemente sentenció el Supremo para la planificación energética del periodo 2008-2016, a fin de poder asegurar el correspondiente suministro regional. Con ligeros matices, el mismo razonamiento acaba de servir también al Tribunal Superior de Justicia de Canarias para avalar -porque cumple toda la legislación vigente- el megacentro comercial que se proyecta construir en la zona de Las Torres y al que se oponía frontalmente la Federación de Comercio tras los permisos otorgados por el ayuntamiento de Adeje y el Ejecutivo regional. Hay que hacer compatible la justa causa del pequeño comercio con la defensa de los intereses generales de los consumidores, que en todo caso tienen prevalencia, como se recoge en la Directiva comunitaria de Servicios. Algo que las autoridades no deben olvidar.