X
‘CASO MINI’ > ATROPELLO MORTAL DE TRES MIEMBROS DE UNA FAMILIA (DICIEMBRE 2006)

El conductor del Polo recurre y el del Mini entrará ya en la cárcel

   

CASO MINI - JUICIO

La Audiencia ya rebajó la pena al conductor del Polo a tres años y tres meses de prisión. / DA

TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife

Uno de los condenados por el atropello mortal a tres miembros de la misma familia que tuvo lugar en la avenida marítima de Santa Cruz de Tenerife en diciembre de 2006 ingresará en breve en prisión, mientras que el otro ha optado por alargar al máximo la batalla judicial para retrasar la ejecución de la sentencia, según ha podido averiguar DIARIO DE AVISOS en fuentes judiciales.

Como recordarán los lectores, fue el Juzgado de lo Penal número 3 de esta capital quien por dicho atropello mortal condenó a dos jóvenes tinerfeños como autores del delito de conducción temeraria y otros tres de homicidio imprudente.

A uno de ellos, que iba al volante de un Volkswagen Polo de color rojo, Javier R.B.L.P., se le impuso una pena de cuatro años de cárcel como cooperador necesario de los hechos, mientras que a Pedro G.H.R, autor material del atropello y conductor del Mini, le correspondió una de dos años, nueve meses y un día de cárcel.

La diferencia de pena entre ambos obedece a que se apreció arrepentimiento en el conductor del Mini, pero no en el del Polo rojo, a quien, además, se condenó por omisión del deber de socorro.

La sanciones superan los dos años de duración en ambos casos, lo que implica prisión

Sin embargo, la Audiencia Provincial absolvió del último delito citado al del Polo, siendo finalmente las penas impuestas de dos años y nueve meses para el del Mini y tres años y tres meses para el del Polo. Ahora, el del Polo continúa con la batalla judicial presentando un incidente de nulidad relacionado con la comunicación de la sentencia y, en caso de ser rechazado, ya anuncia que recurrirá en amparo al Tribunal Constitucional.

Dicho recurso ya no afecta al fondo del asunto, sino que en todo caso se relaciona con una supuesta vulneración de derechos durante el proceso.

No es la primera vez que la representación legal del conductor del Polo rojo solicita la nulidad de actuaciones. Ya lo hizo cuando se descubrió que se había borrado -por causas no aclaradas- parte de las grabaciones del primer juicio. Ello motivó que la Audiencia ordenase una reconstrucción parcial de dicha vista oral y acabó desestimando la referida pretensión de la defensa del conductor del Polo y dictando sentencia en segunda instancia.

Como quiera que dicha sentencia incluye penas de prisión para ambos procesados superiores a 24 meses de duración, las dos implican en su cumplimiento la entrada en prisión.

Los hechos que nos ocupan han sido protagonistas de la actualidad informativa desde que hace siete años, tal y como se ha considerado probado por parte de la justicia, los conductores de ambos vehículos se enzarzaran en una suerte de carrera por vías principales de la capital tinerfeña en la que superaron con creces los límites de velocidad y señales de tráfico, con el funesto resultado de que, si bien el Polo logra esquivar a los tres miembros de una familia que cruzaba por un paso de peatones -o junto a él- de la avenida marítima, el del Mini los arrolla y les causa la muerte.