El recurso sobre la colegiación se presentó en el año 2002. / DA
JOSÉ LUIS CÁMARA | Santa Cruz de Tenerife
El Tribunal Constitucional (TC) falló este jueves a favor de la colegiación obligatoria de los profesionales sanitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias. Dicha sentencia se suma a las emitidas en los mismos términos en meses anteriores con respecto a Andalucía, Asturias y Extremadura, lo que supone que la colegiación obligatoria ha vuelto a restablecerse en las únicas cuatro regiones donde hasta ahora tenía carácter voluntario.
Esta nueva sentencia del TC resuelve el recurso de inconstitucionalidad 4244/2002 determinando, entre otras cuestiones, que es “inconstitucional” el inciso contenido en la Ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 2/2002, de 27 de marzo, en su artículo 16 y el inciso de la disposición adicional sexta de dicha normativa, que supone la dispensa de colegiación de los empleados públicos.
Los argumentos jurídicos que han llevado al Constitucional a considerar inconstitucional la ley autonómica son principalmente tres. En primer lugar, que sólo el Estado y nunca las comunidades autónomas es competente para determinar las profesiones que han de tener colegiación obligatoria y, en su caso, determinar también las excepciones a esa obligatoriedad.
EXCLUSIVIDAD
Por otra parte, el hecho de que el profesional trabaje de manera exclusiva para la administración por razón de la relación funcionarial que mantenga con ella, no implica una exclusión del régimen de colegiación obligatoria, sino al contrario, una cautela necesaria dirigida a garantizar que el ejercicio de las competencias colegiales que se atribuyen de manera exclusiva a los colegios, no desplaza ni impide el ejercicio de otras competencias que como empleadora la Administración ostenta sobre su personal. Finalmente, el carácter forzoso de la colegiación, aún cuando supone una excepción al principio constitucional de libertad de asociación, está en este caso justificado por la relevancia del fin público que se persigue con la adscripción forzosa al ente corporativo.
MÉDICOS “DESCOLEGIADOS”
Tras conocer la resolución dictada por el Tribunal Constitucional sobre el personal sanitario, el presidente del Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, Rodrigo Martín, mostró su “satisfacción” y confió en que el Gobierno autonómico aplique la normativa lo antes posible, toda vez que el Ejecutivo está en estos momentos en situación de “alegalidad”.
“Era lógico un fallo así, porque la colegiación universal se basa en las normas éticas de actuación de los profesionales, que deben ser las mismas para todo el país, como garantía para los servicios que prestan a los ciudadanos”, destacó Rodrigo Martín, quien dejó claro que en el caso del colegio tinerfeño, sólo hay constancia de un 2% de facultativos que se habían “descolegiado”.
Canarias es la cuarta comunidad autónoma con mayor descenso de enfermeros colegiados desde el año pasado. Sólo la superan en este dudoso honor Murcia, Asturias y Andalucía, según datos publicados recientemente por el Instituto Nacional de Estadística (INE). En concreto, las Islas pierden 17,8 profesionales registrados de este sector por cada 100.000 habitantes. Pero esta no es la única merma que sufre el sector sanitario en el Archipiélago. En el caso de los médicos, la disminución es de 0,1 colegiados para la misma población. Además, Canarias también se sitúa a la cola de las comunidades autónomas en lo referido a enfermeros con especialidad de matronas, con 34,9 colegiados por cada 100.000 habitantes. Tras la sentencia dictada ahora por el Constitucional, en los próximos meses el Gobierno canario tendrá que replantearse la colegiación obligatoria de los profesionales sanitarios, que ahora sólo deben colegiarse para trabajar en la sanidad privada. En la pública, en cambio, basta con poseer un seguro de responsabilidad civil para ejercer, en virtud de una disposición adicional de la Ley 2/2002, de 27 de marzo.