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El Ejecutivo aprueba el proyecto de decreto que regulará guachinches

GUACHINCHE LA VICTORIA
Los establecimientos deberán pedir permiso para realizar la actividad, que no debe exceder de cuatro meses al año. / MOISÉS PÉREZ

JESSICA MORENO | Santa Cruz de Tenerife

Después de que el Gobierno regional, ante la petición de los ayuntamientos y de los sectores vitivinícola y de la restauración, decidiera redactar una normativa para regular la labor de los guachinches, el Consejo de Gobierno dio el visto bueno este jueves al proyecto de decreto, que ahora pasará al Consejo Consultivo. Esta normativa, que prevé ordenar este sector característico, sobre todo del norte de la Isla, ha sido impulsado por la viceconsejera de Administraciones Públicas del Ejecutivo canario, Carmen Nieves Rodríguez Fraga, que señaló a DIARIO DE AVISOS que se prevé que el texto esté en el Consultivo unos 20 días, para luego ser publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), tras ser aprobado de manera definitiva por el Consejo de Gobierno. Por ello, se puede decir que entrará en vigor a lo largo de este mes. “Con este trámite cumplimos los plazos y el compromiso que nos habíamos marcado, y damos respuesta a la petición del sector y de los municipios”, precisó.

Una vez el decreto esté en vigor, los interesados deberán inscribirse en el censo para poder realizar su actividad, que no deberá superar los cuatro meses al año. “A partir de ese momento, la Policía Local de cada municipio podrá acudir a los establecimientos de esa índole, y si no cuentan con el correspondiente permiso, se podrá decretar su cierre”, matizó.

El Consejo Consultivo dispone de un plazo máximo de un mes para emitir su informe sobre el proyecto de decreto que delimita las características de la comercialización temporal del vino de cosecha propia ante la falta de regulación específica para dicha actividad. El Gobierno pretende con esta regulación defender esos establecimientos y locales tradicionales y evitar la competencia desleal. Aunque no hay un registro oficial, los implicados creen que solo en la Isla puede haber en torno a 400 guachinches.

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Obligaciones

Objeto. El decreto tiene por objeto la regulación de la actividad de comercialización al por menor y por tiempo determinado, de vino de cosecha propia, procedente de viñedos pertenecientes o explotados por quien la ejerce.

Plazo de apertura. El periodo de apertura del establecimiento no deberá superar los cuatro meses al año debiendo, en todo caso, cesar la actividad desde el momento en que se agote el vino de cosecha propia.

Tres platos. Solo se podrá ofrecer y servir hasta un máximo de tres platos diferentes de elaboración culinaria, así como encurtidos, frutos secos y fruta cultivados por la persona titular de la actividad o producidos en la zona. La comida deberá elaborarse fundamentalmente con ingredientes asimismo cultivados o producidos por el titular de la actividad o con productos propios de la zona o arraigados en la tradición culinaria local. La oferta de bebidas se limitará a vino de cosecha propia y agua.

Comunicación. La persona que ejerza la actividad deberá comunicar anualmente al Cabildo insular correspondiente la apertura y cierre del establecimiento o local en el que se desarrolle. El Cabildo correspondiente ordenará el giro de visita al establecimiento o local para la comprobación del cumplimiento.

Placa. En el exterior, junto a la entrada principal de cada establecimiento y en sitio bien visible, será obligatoria la exhibición de una placa-distintivo.

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