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Juez podrá obligar a inscribirse en el INEM y poner un dispositivo en el coche que detecta la alcoholemia

   

EUROPA PRESS | Madrid

El proyecto de reforma del Código Penal amplía la libertad vigilada y permite imponerla una vez cumplida la condena desde los tres hasta los cinco años, con posibilidad de ser prorrogada. El juez podrá obligar al individuo sometido a esta medida a inscribirse en las oficinas de empleo o instalar en su vehículo un dispositivo que impide su conducción si detecta que ha bebido.

La libertad vigilada, que hasta ahora se fijaba para delincuentes sexuales peligrosos que han cumplido su condena durante un máximo de diez años, tiene ahora una duración mínima de tres años y un tope de cinco, aunque estos plazos están siempre sujetos a revisión y pueden ser prorrogados, según han informado fuentes de Justicia.

En todo caso, el sujeto deberá haber sido condenado a más de un año de cárcel y se deberá constatar su peligrosidad y posible reincidencia. El juez o tribunal podrá imponer al individuo sometido a libertad vigilada el cumplimiento de nuevas obligaciones.

Entre ellas, se introduce la prohibición de conducir vehículos que no dispongan de dispositivos tecnológicos que “condicionen su encendido o funcionamiento a la comprobación previa de las condiciones físicas del conductor, cuando el sujeto haya sido condenado por un delito contra la seguridad vial y la medida resulte necesaria para prevenir la posible comisión de nuevos delitos”. Este dispositivo será sufragado por el condenado, según las fuentes consultadas.

Prisión permanente revisable

La nueva figura de la prisión permanente revisable va acompañada por unos tramos de cumplimiento. Si se trata de una sola condena a esta pena, el acusado podrá solicitar un permiso de salida a los ocho años, el tercer grado a los quince y la libertad condicional a los 25 años.

Aunque si se refiere a homicidio terrorista, el tribunal podrá conceder el permiso de salida a partir de los doce años de cumplimiento, el tercer grado desde los 20 años y la libertad condicional a los 25.

Cuando se dicten varias condenas a prisión permanente revisable, al tercer grado se podrá acceder desde los 18 -24 en casos de terrorismo_ y a la libertad condicional desde los 25 -28 en terrorismo–.

Justicia ha informado de que ha retirado su propuesta inicial de introducir la custodia de seguridad una vez cumplida la condena tras las dudas suscitadas en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) hacia esta medida de seguridad.

Ahorro por la despenalización de faltas

La reforma ha girado en torno a la idea de aumentar la flexibilidad de las condenas y su suspensión en el caso de delincuencia menor frente a supuestos de mayor gravedad o multirreincidencia.

El Gobierno prevé además que se produzca un “ahorro importante” al despenalizarse las faltas, que pasarán a ser perseguidas por la vía administrativa. Algunas se mantienen como delitos leves en el texto penal, como hurtos, lesiones o injurias vertidas en el contexto de violencia de género.

En cuanto a los delitos de desobediencia a la autoridad, los escraches no están recogidos aunque sí la alteración del orden público o la incitación al odio o a la violencia. En este sentido, se castiga la producción o distribución de materiales que sirvan para la comisión de estos ilícitos y se sanciona la humillación o menosprecio a minorías. La nueva regulación de incitación al odio ha sido bien recibida por colectivos de gays y lesbianas, según las fuentes consultadas.