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El TSJC avala jubilaciones forzosas de médicos

   

DIARIO DE AVISOS | Santa Cruz de Tenerife

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado recientemente sendas sentencias en las que acepta los recursos presentados por el Servicio Canario de Salud contra las medidas cautelares adoptadas por dos juzgados de Las Palmas que paralizaron las jubilaciones forzosas de los médicos Antonio Ocete y Ángel Trujillo.
Según detalla la información publicada ayer por Canarias 7, se trata de profesionales sanitarios que se encontraban en situación de prolongación en el servicio activo, una fórmula que permitía su continuidad en el Servicio Canario de Salud hasta los 70 años.

En primera instancia, la Justicia señaló, como se recoge en una de las sentencias recurridas y ahora revocadas por el TSJC, que “la razonabilidad de la petición es clara, ya que si no se suspende la medida y la sentencia que se dicte reconoce el derecho del demandante a permanecer en el servicio activo hasta los setenta años, difícilmente dada la duración de la tramitación del recurso, la sentencia que se dicte podrá ser efectiva”.

En su apelación, el Servicio Canario de Salud hizo hincapié en el hecho de que esa jubilación forzosa deriva de la aplicación de lo previsto en una disposición adicional [de la Ley de Presupuestos para 2013] sobre revocación de las prolongaciones de permanencia en servicio activo, “tratándose de un supuesto de aplicación al caso concreto de la decisión del poder legislativo otorgado por el constituyente a las comunidades autónomas, a lo que está obligada la Administración autonómica”.
En este punto, se resuelve que estimar la suspensión de las medidas cautelares, como ocurrió en primera instancia, equivale a suspender la eficacia de la ley, lo que no está al alcance del TSJC.