Tal vez provocado por un acto de repulsa al sistema actual, tal vez condicionado por la mala situación que estamos viviendo, tal vez por la impotencia que sentida por rencores reprimidos, tal vez por obtener un minuto de gloria, tal vez por… Cada cual tendrá sus motivos personales para llevarle a captar la imagen de policías y con ello arriesgarse a cometer una infracción.
Está de moda que los particulares saquen fotos a la policía cuando los vean haciendo algo que pueda poner en entredicho su profesionalidad o que desprestigie al cuerpo policial, y algunos incluso van más allá y las difunden por las redes sociales, wasap o cualquier otro medio electrónico de difusión e incluso añaden un comentario que le dé más inri a la difusión.
La injuria es la acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. La vejación es cuando la intención sea otra, como por ejemplo la de ridiculizar, humillar o molestar a la víctima, la diferencia puede encontrarse en el plano subjetivo de la infracción. De esta manera, habrá injuria cuando existe el propósito deliberado de ofender, menospreciar o desacreditar. La responsabilidad la tendría el que capte la imagen, quien la difunda, también, los administradores del lugar de publicación que tienen que realizar una labor de vigilancia y control, pues de lo contrario, podría conllevar a una responsabilidad solidaria por los mismos, si no se procede a la retirada de aquellos contenidos manifiestamente ilícitos. La Ley Orgánica 1/82, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen califica como ilegal en el derecho a la propia imagen la captación, reproducción o publicación por fotografía, película o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo que se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público. De este “permiso” se excluye a las autoridades o personas que desempeñen funciones que por su naturaleza necesiten el anonimato de la persona que las ejerza, o sea, policías, por lo tanto, es obvio que por una cuestión elemental de seguridad se trate de evitar la captación o difusión de imágenes ante el ignoto propósito que pudieran hacerse de ellas.Muchas de estas fotografías captan a policías realizando una acción que puede disfrutar todo trabajador de este país, como son: comer, descansar, comprar o cualquier otra que te permite ese tiempo de pausa que reconoce la ley. ¿Pretendemos que el policía no sea humano, qué no tenga derecho a desayunar, qué no pueda comprar cigarros o compresas en esos momentos “privados” dentro de esos veinte minutos de descanso que se te permiten por seis horas de turno?, algunos policías trabajan doce horas de turno. Si es que nos molesta hasta que hablen por teléfono. Lo último visto: una fotografía de una policía comprando en unos almacenes de renombre, el comentario: “Qué cara y su compañero en el coche”, cuando la realidad es: “Que héroe comprando pilas para una linterna con su propio dinero, y todo, para prestar un mejor servicio a nosotros, al ciudadano”. Nos seamos crueles con quienes velan por nuestra seguridad, y a veces hasta por nuestras vidas exponiendo la suya propia.
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