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MOCIÓN DE CENSURA EN TACORONTE >

El PP y los expulsados del PSOE no asisten al pleno previo a la censura

   

Pleno extraordinario Tacoronte expulsion concejales PSOE

El pleno celebró ayer una sesión relámpago con la ausencia de los ediles del PP y los no adscritos. / MOISÉS PÉREZ

GABRIELA GULESSERIAN | Tacoronte

Para muchos de los presentes fue una sorpresa. Y pese a que otros estaban advertidos, no pudieron evitar acudir para comprobar in situ la reacción de sus compañeros de Corporación. Así, los concejales del Partido Popular (PP) y los cinco expulsados del PSC-PSOE decidieron no acudir ayer al pleno extraordinario del Ayuntamiento de Tacoronte, por considerar que no había sido convocado “en tiempo y forma” y por lo tanto, presentaron un escrito solicitando su impugnación, tal y como adelantó el sábado este periódico.

Como consecuencia, en una sesión relámpago, CC, Sí se puede y Carlos Medina dieron cuenta de que este último era el único concejal del grupo socialista ya que Rodolfo León, María de los Ángeles Dávila, Moisés González, Ana Isabel Díaz y Juan García, pasaban al grupo de los no adscritos, al incumplir la orden dada por los máximos responsables de su partido de retirar la moción de censura presentada contra el alcalde, Álvaro Dávila, (CC) antes del 11 de octubre. Esta desobediencia supone que hoy a las 12.00 horas el PP y los no adscritos presenten el recurso legal para desbancar a CC del sillón de la Alcaldía, y pone en riesgo el pacto de gobierno regional firmado entre nacionalistas y socialistas.

Hoy, a las 12 horas, el pleno debatirá la moción de censura contra el alcalde Álvaro Dávila (CC)

Sin embargo, para Álvaro Dávila, quien espera que la decisión que adopte hoy la Mesa de Edad “se ajuste a la legalidad”, lo ocurrido ayer no supone ningún cambio respecto a la nueva conformación de los grupos. Así, aseguró que “un informe de la Policía Local confirma que solo a tres ediles no se les pudo notificar de forma personal la convocatoria del pleno y por esta razón, el escrito se le pasó por debajo de la puerta de sus viviendas”. Es el caso de Moisés González, Ana María Díaz y Rodolfo León. Este último acudió ayer al consistorio acompañado del abogado Felipe Campos a entregar el documento mediante el cual solicita que se impugne la sesión plenaria.

Días días para recurrir

Por otro lado, tanto el PP como fuentes de la extinta Ejecutiva local del PSC-PSOE, ya que fue suspendida de sus funciones, quedando bajo la competencia de la Comisión Ejecutiva Regional, insisten en que la expulsión de los concejales socialistas no es definitiva dado que a partir de que recibieron la comunicación sobre su expulsión, “los afectados tienen diez días hábiles para recurrir ante el Comité de Ética y Garantías del partido y será a partir de entonces, si el citado comité no les da la razón, cuando su expulsión sería definitiva”.

En cualquier caso, agregan, “a ello hay que añadirle el tiempo que tarde el Comité en pronunciarse” y por lo tanto, su expulsión no será definitiva hoy, a efectos de la presentación de la moción de censura, dado que el plazo vence el 31 de octubre si se tiene en cuenta que la Comisión Ejecutiva Federal comunicó su decisión el viernes 18.

El efecto jurídico

Tanto CC como PP y los no adscritos se aferran al informe del secretario del Cabildo de Tenerife, José Antonio Duque, para validar la moción de censura. Según éste, el recurso legal está presentado correctamente y por lo tanto, la Ley no impide la votación ni la celebración del pleno que tendrá lugar hoy. La “gran discusión” en estos momentos es qué efecto jurídico tiene la expulsión de un partido político ya que de ello depende el número de votos necesarios para hacer efectivo este recurso legal. En el caso que la secretaria entienda en su informe jurídico que las decisiones de los partidos políticos “son decisivas y con efecto en los grupos, aunque la expulsión sea provisional” y que “no se puede esperar a que sea definitiva por una cuestión de tiempo, ya que el pleno para votar la moción de censura se tiene que celebrar en un plazo de diez días hábiles”, los censurantes necesitarían 16 votos y no 11, según la interpretación del artículo 197 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral. Esto último es lo que ocurrió con la sentencia dictada en febrero de 2013 por la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en relación con la moción de censura en el Ayuntamiento de Siero, una variante importante con respecto a la moción de censura presentada en septiembre de 2011 en el Cabildo de El Hierro, en la que se basa el informe de José Antonio Duque. Este último también explica que otra diferencia importante a tener en cuenta es que en la Corporación insular herreña no hubo expulsión de ningún concejal, ni provisional ni definitiva, como ocurrió en Tacoronte con los cinco del PSC-PSOE. También, que en el caso de la otra isla, el PSOE actuó en bloque mientras que en Tacoronte un edil de este partido no apoyó la censura, presentada junto al PP.