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Las tasas de Gallardón ya alejan a los ciudadanos de los tribunales

   

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón. | E.P.

TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife

La controvertida Ley de Tasas aprobada a finales del año pasado por el Ministerio de Justicia que dirige el ministro Alberto Ruiz Gallardón sólo ha logrado uno de los objetivos que se marcó: disuade a una parte de la ciudadanía que ha dejado de ejercer sus derechos ante los tribunales.

Así se desprende de un informe elaborado expresamente por el Consejo General de la Abogacía Española, y en el que se constata el fracaso recaudatorio de la normativa, el hecho de que ese dinero no se destina en el proyecto de presupuestos generales del Estado para 2014 a la Justicia Gratuita (como ya avanzó este periódico) y el ya referido descenso en la actividad en los órganos jurisdiccionales Contencioso-administrativo y Social, que sin embargo no es tan claro en lo mercantil.

Sea como fuere, cabe recordar que en nuestro ordenamiento jurídico lo recaudado por las tasas tiene que incidir directamente en los servicios que se prestan al pagarlos, algo en lo que el legislador no parece haber recabado en su día y que, tras tantas críticas, puede haber incidido en el ánimo del responsable de cuadrar los presupuestos.

Por lo que respecta a los objetivos de las nuevas tasas, es la propia Ley 10/2012, de 20 de noviembre, la que en su artículo 11 dispone que “la tasa judicial se considerará vinculada, en el marco de las disposiciones de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, al sistema de justicia gratuita en los términos establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.

Por su parte, la Memoria económica que acompaña a la normativa en cuestión aclara que el objetivo de la Ley era conseguir una financiación adicional de una cantidad cercana a los 300 millones de euros.

Por último, el objetivo disuasorio es el más difuso en la norma, justo lo contrario de sus predecesoras que recuperaron las tasas a la Justicia. Sin embargo, el mismo resulta visible cuando sostiene que que los españoles abusan del sistema judicial, al que recurren no en búsqueda de la tutela de sus derechos sino en búsqueda de “ventajas indebidas e ilegítimas al abrigo de nuestra normativa procesal”.

A este respecto, el informe de los abogados españoles concluye que “la finalidad de allegar recursos para la financiación del servicio público de la Administración de Justicia no se ha cumplido. (…) “no se ha recaudado lo previsto ya que la recaudación que se esperaba conseguir era de un total de 306.091.358 euros anules de manera que era previsible obtener una recaudación mensual de 25.507.613. Con los datos de lo que va de año hasta julio pasado acumulados [los únicos disponibles] se han obtenido poco más de 12 millones mensuales en vez de los 25 previstos”.

Resta cuantificar el descenso en la actividad jurisdiccional, para lo cual el informe se remite a los datos contenidos en los correspondientes Boletines oficiales de estadística.

Así, en lo Contencioso-administrativo tal bajada “oscila entre el 6,4% para los asuntos en única instancia (sin contabilizar “Otras materias”) en la Sala de la Audiencia Nacional, y el 36,3% para los asuntos de Actividad administrativa sancionadora en los Juzgados Centrales de lo Contencioso”.

“Para la jurisdicción Social -continúa el informe- sólo se puede hacer una primera valoración con los recursos de suplicación interpuestos, que han tenido una reducción del 15,5% entre el valor previsible y el observado en los trimestres cuarto de 2012 y primero de 2013”.

Por último, en lo civil los datos son confusos. Por un lado muestran un incremento en ordinarios (6,4%) y verbales (1,5%) y una disminución en monitorios (6,1%) y cambiarios (2,2%). Para los abogados, los datos son aún insuficientes.