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El TSJC eleva al TC su duda sobre la legalidad del 20%

Concentración de empleados públicos contra el recorte del 20% del salario y de la jornada. / FRAN PALLERO
Concentración de empleados públicos contra el recorte del 20% del salario y de la jornada. / FRAN PALLERO

D. N. M. | Santa Cruz de Tenerife

Los servicios jurídicos del Gobierno de Canarias confirmaron ayer que el Tribunal Superior de Justicia ha elevado al constitucional una consulta sobre el recorte del 20% del salario y de la jornada laboral a los empleados públicos no fijos de la Administración autonómica.

La Sala de lo Social del TSJC había solicitado al Ejecutivo regional que formulara las pertinentes alegaciones en defensa de la constitucionalidad de esa medida, que estuvo en vigor entre enero y abril. Era un indicio razonable de que ese órgano se planteaba acudir al Constitucional para resolver sus dudas.

Esta actuación el alto tribunal canario se enmarca en el conflicto colectivo promovido por el Gobierno para unificar las demandas individuales y coincide con la sentencia de un Juzgado de Santa Cruz de Tenerife que obliga a devolver la parte del sueldo y de la jornada retraída a una funcionaria interina, un caso que lleva otro procedimiento. De ahí que al equipo de juristas de la Comunidad Autónoma le sorprenda que un órgano unipersonal (Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Santa Cruz de Tenerife) haya entrado en el fondo de la cuestión y aplique la directiva europea que está en el ojo del huracán del contencioso.

En la mencionada resolución, la demandante argumentaba que la ley de presupuestos de 2013 vulnera la directiva 1999/70/CE, del Consejo del 28 de junio, “dada la inexistencia de razones objetivas que justifiquen un trato diferenciado entre los funcionarios interinos y los de carrera”. La Administración autonómica no cuestiona la aplicación de la normativa comunitaria a los funcionarios interinos y atribuía el distinto tratamiento a las “necesidades de mantener el equilibrio presupuestario de la Comunidad Autónoma”.
En su escrito, el magistrado concluye que la disposición 57 “se opone a las previsiones del acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada, que figura en el anexo de la directiva 1999/70, dotada de primacía y efecto directo”.

Paralelamente, 2.597 trabajadores (el 77% de los afectados) se han adherido a la propuesta de la Consejería de Presidencia para la devolución del dinero a cambio de recuperar las horas reducidas en el primer cuatrimestre de este año. El plazo era hasta el 14 de diciembre y se alargó unos días.

En su momento, los sindicatos rechazaron la oferta “por abusiva”. A la salida de una reunión de la mesa técnica, con asistencia del director general de la Función Pública, Aarón Afonso, fuentes sindicales explicaron que la iniciativa era “imposible de cumplir”. Entre otro motivos, las centrales consideran que eso supondría “renunciar a unos derechos reconocidos expresamente por la legislación”.

Justificado en la “eficiente ejecución del presupuesto, que ha producido ahorros superiores a los previstos gracias a las medidas extraordinarias para contención de este gasto”, el ofrecimiento de Francisco Hernández Spínola llegaba días después de la interposición de un incidente de nulidad contra el referido auto sobre la funcionaria.