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Indemnizan con 50.000 euros a un deportista isleño que perdió un ojo

   

TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife

Un tinerfeño ha logrado que se le reconozca una indemnización que asciende a 50.587 euros como consecuencia de un accidente cuando practicaba deporte con tan mala fortuna que un pelotazo le costó la pérdida de un ojo. Esta indemnización es el fruto de una compleja batalla jurídica librada en su nombre por la firma especializada Accilex Tenerife y que decidió a su favor el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Este pleito arranca cuando, tras producirse el accidente, el afectado comprueba que el seguro contratado por las instalaciones deportivas donde tuvo lugar el suceso únicamente cubría los gastos ocasionados por la asistencia médica necesaria y la rehabilitación posterior.

CONTRA LA ADMINISTRACIÓN

Satisfechas dichas cantidades por la empresa en cuestión, el tinerfeño en cuestión contrató a los referidos letrados (que colaboran como asesores jurídicos en V12, la revista automovilística del Grupo de Comunicación del DIARIO DE AVISOS), quienes en consenso con su cliente, finalmente optaron por dirigir un procedimiento contra la administración, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), a fin de que reconocieran al cliente una indemnización por incapacidad permanente parcial.

Dicha indemnización consiste en un pago único que se calcula teniendo el cuenta el importe de la cuantía de veinticuatro mensualidades de la base reguladora que se hubiese debido de emplear para el cálculo del subsidio de incapacidad temporal.

Inicialmente, tras la presentación de la reclamación administrativa, el INSS y TGSS se opusieron a reconocer dicho grado de incapacidad, por lo que se tuvo que presentar la correspondiente reclamación judicial.

SE GANÓ EN PRIMERA INSTANCIA

En primera instancia el Juzgado de lo Social dio la razón al cliente, reconociéndole dicha incapacidad y una indemnización que en este caso alcanzó los 50.587 euros.

Dicha sentencia tras ser recurrida por las respectivas administraciones fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, siendo firme en la actualidad y recibiendo el cliente la indemnización reseñada.