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Navarro pide una acción popular de fácil acceso y fuera del juego político

   
José Ramón Navarro

Navarro Miranda, justo antes de su intervención en La Laguna. / J. GANIVET

TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, José Ramón Navarro, propuso ayer garantizar expresamente que los ciudadanos puedan ejercer la llamada acción popular (un mecanismo procesal que permite personarse en determinados juicios) al entender que se trata de un mecanismo insustituible en la represión de la corrupción política, pero a la par propuso que se impida su uso a instituciones públicas, partidos políticos, sindicatos y organizaciones políticas para evitar así su politización.

La propuesta del magistrado tinerfeño se llevó a cabo en el transcurso de la conferencia que ofreció ayer en la Real Sociedad Económica Amigos del País de La Laguna bajo el título La administración de Justicia del siglo XXI.

El magistrado solicita, en aras de la independencia judicial, reforzar el papel del CGPJ

Navarro, con ganada fama de conferenciante lúcido y documentado, diseccionó en tres la una faena que prologó con un análisis del profesor de Derecho Civil de la Universidad de Oxford, Adrian Zuckerman, sobre los factores relacionados con el funcionamiento de la justicia, acceso, coste y duración, al que añadió la calidad. Así, duración y coste están afectados por el acceso, de tal modo que la duración y el acceso pueden bajar la calidad de la Justicia y el alto coste puede hacer bajar el acceso. Evidentemente, esta interacción entre los factores los convierte a todos en fundamentales, y resulta imposible un elevado nivel de satisfacción en todos ellos a la vez. Para acercarse al deseado equilibrio, hay que contar con los avances en las tecnologías de la información, en los aspectos organizativos y de gestión, y en las normas jurídicas que faciliten el funcionamiento de la Justicia y mecanismos legales que defiendan la independencia judicial.

Sobre las nuevas tecnologías, Navarro alabó el esfuerzo general en superar el modelo documental en papel y el necesario empuje a un enfoque común que ofrece la reciente creación del Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica. Para el magistrado, estos avances sólo ofrecen ventajas, que van desde la agilización del proceso hasta la reducción de la carga del trabajo administrativo para profesionales y funcionarios, todo ello con el añadido de la lógica mejora de la visión de la Justicia por parte de los ciudadanos en general.

En cuanto a la nueva estructura organizativa, Navarro se mostró como un férreo defensor del futuro Tribunal de Instancia, del que hizo una disección de su funcionamiento. Recordó que los partidos judiciales obedecen a las necesidades del siglo XIX y defendió la provincialización prevista, aunque como no podía ser de otra manera recordó que tales medidas deben tener presente la insularidad e, incluso, lo remoto de algunos parajes y su aún dificultosa comunicación.

Considera que las sentencias de Estrasburgo deben ceñirse al caso concreto

Dedicó el tercer bloque de su conferencia a la promulgación de nuevas normas en el que no dudó en opinar sobre temas de gran actualidad. Además de la referida referencia a la acción popular, el magistrado tinerfeño entiende que las sentencias del Tribunal de Estrasburgo deben aplicarse al caso concreto, y no por extensión (tal como ocurrió con la llamada doctrina Parot). También considera importante que se dote al Consejo General del Poder Judicial de la capacidad de ordenar el cese de aquellas conductas que resulten perturbadoras para el correcto desarrollo de la acción judicial, de tal modo que la desobediencia de las mismas suponga la comisión de un delito contra la Administración de Justicia.

Por último, Navarro propuso como medidas generales de mejora de la Justicia a que se incentive la mediación como medio alternativo de resolución de los conflictos, la eliminación de las faltas y de la apelación contra resoluciones del Juzgado de Instrucción en fase de investigación (salvo que afecten a la libertad o a medidas cautelares, y que sea el Ministerio Fiscal el que instruye siempre que se reforme su Estatuto para dotarle de mayor independencia.