X
conjeturas > Juan Manuel Bethencourt

Trampas en el Constitucional – Por Juan Manuel Bethencourt

   

La ordenación del territorio y el turismo son competencia reservada a las comunidades autónomas, tal y como deja claro, en el caso canario, nuestro Estatuto de Autonomía en su artículo 30. Esta cuestión jamás ha sido discutida por nadie en el ámbito político, por una elemental cuestión de sensatez. Esta regla tan simple salta por los aires cuando el Gobierno del Estado opta por la munición gruesa del recurso al Tribunal Constitucional y lo hace solamente porque no está de acuerdo con una ley autonómica aprobada en estricto cumplimiento del margen competencial propio. Se podría afirmar que el Ejecutivo del PP quiere recurrir una ley vigente, la de renovación turística, porque al ministro Soria no le gusta su contenido. Y perdido el debate en el Parlamento de Canarias pretende alterar el resultado por la vía de un recurso ante el Constitucional. Esto, claro está, lo puede hacer el Gobierno central, porque es la propia Ley Fundamental la que se lo permite, en su artículo 161.2: “El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses”. Esta disposición hay que entenderla en el contexto receloso del año 1978, cuando los padres fundadores de nuestra joven democracia articularon, e hicieron bien, un sistema de contrapesos destinado a mediar entre dos ámbitos, estatal y autonómico, potencialmente conflictivos. Pero nada de esto tiene que ver con las actuales pretensiones del ministro Soria, que ha emprendido un camino muy peligroso, el del boicot por elevación de toda normativa autonómica que no sea de su agrado. Esto es muy lesivo para los intereses generales de Canarias, porque genera una importante inseguridad jurídica en un ámbito, el turístico, en el que todos nos jugamos mucho. Así lo han advertido responsables del empresariado canario, de las dos provincias por cierto, porque la ley de renovación turística tampoco tiene que ver con ese fantasma azuzado cada cierto tiempo y que responde al nombre de pleito insular. Esta ley es, dicen, intervencionista. Bien, ¿y qué? Cualquier normativa sectorial interviene de un modo u otro en el ámbito de actividad que pretende regular, y no por ello son recurridas en el Constitucional. Para los escépticos, baste citar un ejemplo clamoroso: la Ley de Directrices es aún más intervencionista, pero sin embargo el PP no la recurrió por atentar contra la libre competencia. De hecho hizo una cosa muy distinta: la votó a favor.