X
por derecho >

La autoridad fiscal – Por Marta Gómez Toledo

   

Recientemente se ha publicado el Estatuto de la Autoridad independiente de responsabilidad fiscal, aprobado por el último Consejo de Ministros. Tiene como objetivo el desarrollo de la organización y el funcionamiento de la Autoridad Fiscal, la cual contiene independencia y autonomía funcional y cuya finalidad consiste en la evaluación continua del ciclo presupuestario, del endeudamiento público y el análisis de las previsiones económicas.

La Autoridad Fiscal empezará a ejercer sus funciones en todo el territorio español de manera única y exclusiva, cumpliendo así la normativa europea. Será dirigida por su Presidente y contará con funcionarios de carrera o personal laboral pertenecientes a otros organismos nacionales, como el Banco de España, u organismos internacionales. La autoridad estará articulada en tres divisiones: la División de Análisis Económico, que realizará las previsiones macroeconómicas y hará un análisis del endeudamiento público, la División de Análisis Presupuestario, que controlará los presupuestos del Estado, Seguridad Social, comunidades y entidades locales, y la División Jurídico-Institucional, que llevará la gerencia del organismo. Entre otras funciones, emitirá informes, sobre las previsiones macroeconómicas, la metodología para calcular las previsiones tendenciales de ingresos y gastos y la tasa de referencia de crecimiento, sobre el proyecto de Programa de Estabilidad, el análisis de la ejecución presupuestaria, de deuda pública y regla de gasto. Asimismo, comunicará sobre el establecimiento de los objetivos individuales para las comunidades autónomas, los planes económicos-financieros y planes de reequilibrio de la Administración Central y las Comunidades Autónomas, y los proyectos y líneas fundamentales de los presupuestos de las Administraciones Públicas. Además realizará, siempre y cuando se trate de materias de su competencia, los estudios que le encargue el Gobierno, el Consejo de Política Fiscal y Financiera, la Comisión Nacional de la Administración Local y la Comisión Financiera de la Seguridad Social, así como Comunidades Autónomas y Entidades Locales, y confeccionará opiniones a iniciativa propia.

*GOMEZ TOLEDO ABOGADOS-HISPAJURIS DERECHO ADMINISTRATIVO