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El deslinde de Las Teresitas vuelve al de 1961 tras anularse el de 2009

   
Las Teresitas ha vuelto a ser elegida como imagen de una campaña. | DA

Las Teresitas ha vuelto a ser elegida como imagen de una campaña. | DA

N. TORRES | Santa Cruz de Tenerife

La nueva ley de Costas establece que todos los terrenos considerados como relleno, es decir, ganados al mar, pertenecen al dominio público marítimo-terrestre. Esto supone que si ahora la Dirección General de Costas tuviera que fijar un nuevo deslinde para cualquier parte de la costa española debe hacerlo teniendo en cuenta esta consideración. Bien, pues esto es lo que la citada administración tendrá que hacer en la playa de Las Teresitas, obligada por una nueva sentencia que abunda en la dada a conocer hace dos años y que anulaba parcialmente el deslinde establecido en 2009 para la playa de la capital, dando así la razón al Gobierno de Canarias que había recurrido el deslinde.

El fallo de la Audiencia Nacional, que publicó ayer DIARIO DE AVISOS, establece la anulación del deslinde en su totalidad por considerar improcedente que se ampliara el plazo para resolver ese expediente, por lo que cuando se aprobó la separación, ya había caducado. De esta forma, queda en vigor el deslinde existente en 1961.

La pregunta que surge es qué pasa con el edificio de aparcamientos que se alza en la cabecera de la playa, el conocido como mamotreto. “En principio todo queda igual porque en el deslinde de 1961 y de 2009 esta parte es igual”, es decir, el edificio queda fuera del dominio público. Esta apreciación es la que hace Raúl Alonso, abogado de la Plataforma en Defensa del Puerto de Santa Cruz de Tenerife, uno de los múltiples colectivos que también recurrió el planteamiento de Costas en 2009 y al que la Audiencia Nacional da ahora la razón. En opinión de Alonso, “la línea fijada en 2009 se realizó, al menos en el tramo que afecta al edificio, de forma deliberada para hacerla coincidir con la del 61 y así salvar el mamotreto”.

Sin embargo, reconoce el abogado, que al obligar la sentencia a la redefinición del deslinde, lo que ocurre es que con la nueva normativa, “teniendo en cuenta que el terreno en el que se encuentra el mamotreto se ganó al mar, ahora quedaría dentro del dominio público”. Alonso insistió en que lo que queda claro es que, la cuestión de forma que estima la Audiencia Nacional anula el deslinde y hace que “entre en vigor el deslinde de 1961”, explica Alonso.

La sentencia de la Audiencia Nacional, por tanto, repone el deslinde de 1961 hasta que Costas fije la nueva línea del dominio marítimo-terrestre. Esta separación marcará el futuro de las
actuaciones en la playa.