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La alerta Amber llega a España tras siete años sin Sara ni Yeremi

   

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Canarias no olvida los dos terribles casos de Gran Canaria

Yeremi, de 7 años, desapareció en marzo de 2007. Sara, de 14, es buscada desde el 30 de julio de 2006. Nadie puede asegurar que, en caso de existir una alerta Amber ya vigente en España, estos dos casos se habrían resuelto el mismo día, pero sí que su recuerdo es una constante para los canarios y su ausencia un tormento para sus familias. Cierto es que el trabajo de los especialistas de Interior ha sido importante, pero no hubo esa reacción rápida que casi siempre determina la suerte de los afectados en estos casos. Eso sí, Canarias no olvida y los actos en su recuerdo son una constante en las siete islas.

TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife

Tras tres casos recientes acaecidos en la Comunidad de Madrid, concretamente en Ciudad Lineal, al fin el Gobierno de España se ha decidido a implantar en nuestro país un sistema de alerta temprana para menores desaparecidos y que llega siete años después de la desaparición de los niños grancanarios Sara Morales y Yeremi Vargas, cuyo paradero sigue siendo un misterio para las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

Estos sistemas de alerta temprana son remedos de la norteamericana Alerta Amber, llamada así por el caso de la niña Amber Hagerman, pero también porque son las siglas de America’s Missing: Broadcasting Emergency Response.

Está vigente en países como Alemania, Francia o Estados Unidos desde hace más de un decenio (en algún caso más de tres lustros), y básicamente consiste en contar con distintos recursos de la sociedad civil para publicitar de inmediato aquellos casos de especial riesgo para los chiquillos afectados.

La clave de la alerta Amber pasa, como ahora se pretende en España, en una reacción inmediata que en apenas unas horas permita facilitar la descripción del menor al mayor número de ciudadanos posibles, para lo cual se pacta la colaboración de la sociedad civil y pública, ya sean medios de comunicación, ya letreros de carretera, etc.

Tal y como anunció ayer el Ministerio del Interior, el convenio de colaboración con el que arranca este sistema en España ya ha sido suscrito por 16 entidades y organismos públicos y privados, entre ellos, el Gobierno de la Comunidad de Madrid; el Gobierno de La Rioja; el Gobierno de la Región de Murcia; la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP); Adif; Renfe; Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE); Corporación Radiotelevisión Española (RTVE); Metro de Madrid; Fundación Anar; Fundación Alia2; Telefónica; Tuenti; La Vanguardia; Libertad Digital y Libertad Digital TV. Eso sí, cualquier medio de comunicación, organismo o entidad pública o privada con capacidad consolidada de transmisión de mensajes a la sociedad podrá adherirse al sistema en cuestión.

Tal y como se recoge en una nota, el período para el que se solicita la difusión de la alerta será de un mínimo de 3 horas y máximo 24 horas. Excepcionalmente, si se desea ampliar más allá de las 24 horas, se emitirá una nueva alerta incluyendo información adicional, en su caso. La zona de difusión preferente podrá ser local, autonómica, nacional y/o internacional.

El mensaje de alerta incluirá el número de teléfono 900 300 330 para la recepción de las llamadas de colaboración ciudadana y otros canales aptos para recibir información.

Asimismo, podrá contener una frase alertando a los ciudadanos de la posible peligrosidad de la situación en caso de contacto directo con el sospechoso, aconsejando que se facilite la información de la que se disponga a las autoridades.

El mensaje de alerta podrá ser alterado en función de la evolución de las informaciones que vayan recibiendo los responsables de la investigación y publicado de inmediato en la página web del Ministerio del Interior.

Los requisitos

-Que el desaparecido sea menor de 18 años.

-Que la desaparición haya sido previamente ratificada como de alto riesgo de acuerdo con la Instrucción 1/2009 de la Secretaría de Estado de Seguridad .

-Que existan indicios razonables de que la desaparición ha sido de carácter forzoso.

-Que los investigadores policiales tengan la presunción de que el desaparecido está en una situación de inminente peligro de muerte o riesgo para su integridad física, así como que la emisión de la alerta atiende al interés de la investigación y no va a constituir un perjuicio añadido al menor.

-Que se disponga de datos suficientes sobre el desaparecido para que la petición de colaboración a la población pueda dar algún resultado positivo.

-Que exista consentimiento para la emisión de la alerta por quien ostente la patria potestad o tutela legal del menor desaparecido.

La información

-Día, hora y lugar donde se produjo la desaparición.

-Nombre, edad y sexo.

-Foto actual del menor.

-Descripción física menor: estatura, peso, color del pelo y de los ojos.

-Descripción ropa menor cuando fue visto por última vez o tutela legal.

-Si se ha usado vehículo: modelo, color y matrícula