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Un instrumento fiscal que apuesta por África y el empleo

   
El REF juega un papel fundamental en el día a día de cualquier ciudadano que resida en el Archipiélago. | F. PALLERO

El REF juega un papel fundamental en el día a día de cualquier ciudadano que resida en el Archipiélago. | F. PALLERO

MARÍA FRESNO | Santa Cruz de Tenerife

El futuro de la economía canaria circula a través de las vías del nuevo Régimen Económico y Fiscal (REF), un gran desconocido para la sociedad canaria que cree que se trata de un mecanismo al servicio de los empresarios. Y nada más lejos de la realidad. El REF juega un papel fundamental en el día a día de cualquier ciudadano que resida en el Archipiélago. Es nuestra Constitución Económica. Nuestro abc fiscal.

Desde que se aprobó, en el año 1972, el REF ha sido crucial para el desarrollo económico de Canarias. Pero en todo este tiempo, salvo nuestra condición insular y lejanía geográfica, ha cambiado todo. La entrada de España en la Unión Europea hizo necesario que se compatibilizara el REF con la normativa comunitaria, especialmente en materia de competencia y mercado interior. Así nació la Ley 19/1994 de Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. A partir de ahí se han ido modificando algunos artículos, mediante decretos.

Ahora estamos en uno de esos momentos de renovación. Canarias necesita contar con un nuevo REF para los próximos 6 años (hasta 2020) que no solo se adapte a la nueva realidad, sino que además fomente y estimule el empleo y la competitividad en las Islas, altamente dañados por una macrocrisis económica. En esto han estado enfrascados en los últimos meses el Gobierno y los agentes sociales y económicos de las Islas. Unas negociaciones que hay que reconocer que no han sido fáciles, pero donde al final se ha llegado a un buen consenso en beneficio de toda la sociedad canaria.

Bruselas es la que tiene ahora el documento sobre la mesa. Canarias ha enviado un REF al Gobierno estatal, consensuado y acorde con las exigencias europeas, que espera que sea aprobado lo antes posible por el organismo de la UE para que entre en vigor a partir del 1 de enero de 2015. Nos guste o no, el REF debe ser un instrumento fiscal y económico que mediante inventivos y bonificaciones apoye la iniciativa empresarial, única generadora de actividad económica y empleo.

Sin entrar a profundizar uno a uno en el complejo articulado del nuevo REF, hay tres modificaciones clave: el uso de la RIC para la creación de empleo, los incentivos para que las pequeñas empresas inviertan en África (un continente emergente) a través de la Deducción por Inversiones (DIC), y la apertura de la ZEC a toda Canarias, algo, esto último, que llevaban pidiendo los empresarios desde hacía mucho tiempo, ya que veían como la Zona Especial Canaria se quedaba atrás y no cumplía con los objetivos para los que se creó.

En cuanto a la RIC, uno de los apartados más importante es el que vincula la propia Reserva a la creación de empleo. Es decir, que los empresarios instalados en las Islas podrán destinar hasta el 50% de las deducciones fiscales que obtienen a través de la Reserva a contratar más trabajadores en sus plantillas, cuando hasta ahora tenían que reinvertirlo.

En su configuración actual, la RIC permite a las empresas instaladas en Canarias ahorrarse hasta un 90% de la tributación que tendrían que pagar por el Impuesto de Sociedades si destinan sus beneficios a inversiones en las Islas, siempre, claro está, cumpliendo unas determinadas condiciones [la reinversión también se amplía a todas las zonas comerciales y turísticas]. Ahora, el 50 % de esa reinversión podrá destinarse a la creación neta de empleo.

El documento fija un límite de 36.000 euros como coste medio anual por trabajador que puede imputarse a la Reserva, de manera que por encima de ese tope no se pueden utilizar fondos de la RIC. Este límite, criticado por los sindicatos, coincide con el salario medio en España del sector industrial, que es el que tiene los mejores salarios. Otra de las nuevas propuestas que ha cogido más fuerza en este nuevo REF es la Deducción por Inversiones en territorios de África Occidental y actividades de exportación. Con la enorme apuesta que está haciendo Canarias en este continente en plena emergencia era más que previsible que el REF tuviera una mención especial hacia cualquier actividad que se desarrolle en África.

De este modo, cualquier empresa canaria cuya cifra de negocios sea inferior a los 50 millones y una plantilla también inferior a los 250 trabajadores podrán deducirse el 15% de las inversiones que realicen en Marruecos, Mauritania, Senegal, Gambia, Guinea Bissau y Cabo Verde. Estas empresas, que deben llevar más de un año ejerciendo su actividad, también podrán descontarse otro 15% en concepto de gastos de propaganda y publicidad para el lanzamiento de sus productos y para asistir a ferias y congresos.

En cuanto a la Zona Especial Canaria, un espacio de baja tributación que permite a las empresas una serie de beneficios fiscales, podrán instalarse, a partir de ahora, en cualquier lugar del Archipiélago, no en áreas específicas, como hasta ahora, y se eliminan los actuales límites de bases imponibles para acogerse a la tributación de solo el 4%, siempre que la empresa cree al menos 50 puestos de trabajo en las Islas.

Además, se amplía el plazo de inscripción en la ZEC, hasta 2020, y sus beneficios fiscales se podrán disfrutar hasta 2030, al tiempo que se amplían las actividades empresariales permitidas. En cuanto a los incentivos a la inversión, se quedan como están. El REF sigue concediendo exenciones en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) y en el IGIC para incentivar la inversión en Canarias, manteniendo también los condicionantes.

Bruselas es la que tiene que mover ficha ahora, pero siendo conscientes de que el futuro económico de las Islas está en juego.

SABER MÁS
1972. A mediados del siglo XIX la especificidad de Canarias se tradujo en un sistema de puertos francos que perduró hasta la Guerra Civil. Durante los años siguientes, el sistema evolucionó y culminaron con la Ley 30/1972, de Régimen Económico Fiscal de Canarias (REF).

Europa. La necesidad de hacer esta singularidad fiscal en Canarias compatible con la normativa comunitaria en materia de competencia y mercado interior condujo a una necesaria adecuación de este régimen a las nuevas exigencias comunitarias. Por este motivo se aprobó la Ley 19/1994 de Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

IGIC. El nuevo régimen aprobado por Europa introducía el IGIC (el impuesto que sustituye al IVA y que cuenta con tipos inferiores), la Zona Especial Canaria (un área en la que ciertas empresas tributan al 4% en vez del 35% del resto de España) y la Reserva de Inversiones en Canarias, un mecanismo que permite reducir el Impuesto de Sociedades o el IRPF a cambio de destinar los beneficios a las reinversiones.

RIC. La RIC permite reducir la base imponible hasta un 90% de los Beneficios No Distribuidos (BND) por el importe que los establecimientos situados en Canarias destinen a la dotación de la Reserva.