TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife
El alemán de 23 años de edad que el pasado mes de febrero se lanzó al mar desde un crucero fondeado en el puerto de Santa Cruz de La Palma ya ha pagado la tasa del Gobierno canario prevista para aquellos rescates motivos en imprudencia y/o negligencia del asistido, según información contrastada en fuentes oficiales.
A pesar de que se tiró desde una séptima planta de la gigantesca embarcación, el insólito chapuzón se saldó sin consecuencias negativas para la salud de este joven alemán, pero provocó un gran dispositivo de emergencias dado que fueron varios los testigos que alertaron a las autoridades sobre la caÃda al mar de una persona.
Sin embargo, el accidente no era tal sino que se trataba de una apuesta con sus amigos, tal y como confesó cuando apareció sano y salvo en un pantalán cercano al lugar de fondeo del crucero, el Aida Stella.
Lo cierto es que, tal y como informó en su dÃa el Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad (Cecoes) 1-1-2 del Gobierno de Canarias, la alerta motivó que se activaran hasta siete servicios de rescate.
Concretamente, el 1-1-2 movilizó al Grupo de Emergencias y Seguridad (que desplazó un helicóptero al lugar de los hechos), Autoridad Portuaria, Salvamento MarÃtimo (envió una Salvamar), Guardia Civil, Cuerpo Nacional de PolicÃa, Servicio de Urgencias Canario (con ambulancia sanitarizada), Ayuda en Emergencias Anaga y PolicÃa Local de Santa Cruz de La Palma. Cabe recordar que a efectos de la tasa solo computan los dependientes de la Administración autonómica.
Volvió por su cuenta
No ha trascendido si la apuesta tenÃa base económica o un mero reto, pero la ‘gracia’ le salió cara al joven ya que a los 1.320 euros que ha tenido que pagar al Ejecutivo regional hay que sumarle el coste del billete de avión desde la capital palmera a su paÃs natal, ya que el capitán del barco se negó en redondo a que semejante imprudente retornara a la embarcación.
A este respecto cabe apuntar que, según los especialistas consultados, un billete en esa época del año desde Santa Cruz de La Palma a (por ejemplo) Múnich puede costar unos 330 euros. Este joven alemán es uno de los siete que han pagado esta tasa autonómica durante los dos años que lleva en vigor, aunque otros seis se sumarán pronto porque sus casos ya se encuentran en fase ejecutiva.
En total se han abierto hasta 24 expedientes. y por ahora predominan los senderistas, los parapentistas. los bañistas y los submarinistas.
Curiosamente, el primero que abonó esta tasa resultó ser un grancanario que se cayó con su caballo desde una altura de unos 20 metros en el barrio de la Hoya, en la Vega de San Mateo (Gran Canaria). Tuvo que abonar 4.172 euros.
Esta tasa fue aprobada en la ley 4/2012 de Medidas administrativas y fiscales del Gobierno de Canarias, su finalidad es, sobre todo, disuasoria, y aunque su antecesor en el cargo ya mostró interés, se trata de una medida impulsada desde que llegó al cargo el actual director general de Seguridad y Emergencias, Juan Manuel Santana.
La ley canaria señala como actividades de riesgo que, si se requiere un rescate, generan una tasa al submarinismo, travesÃa de natación, windsurfing, flysurf, esquà acuático, wakeboard, wakesurf, skurfer, motos de agua, bodyboard, surf, rafting, hydrospeed, piragüismo, remo, descenso de cañones y barrancos, puenting, goming, kite buggy, quads, escalada, espeleologÃa deportiva, bicicleta en montaña, motocross, vehÃculos de motor en montaña, raid y trec hÃpico, marchas y turismo ecuestre, esquÃ, snowboard, paraski, snowbike, skibike, aerostación, paracaidismo, salto base, vuelo de ultraligeros, vuelo en aparatos con motor y sin motor, parapente, ala delta y parasailing. Basta con practicar esta actividad para que, en caso de rescate, se cobre, por lo que la referida dirección general pretende que los aficionados a estas prácticas estén asegurados, tal y como ya ocurre con las federaciones o clubes mejor organizados.
Otra posibilidad de tener que pagar esta tasa pasa por un rescate que se hubiera originado por tres supuestos: que el afectado ignorase las señales de advertencia o prohibición existentes en la zona o practique actividades prohibidas en ese terreno, que hiciera caso omiso de un aviso o alerta de las administraciones públicas, y que practicase la actividad en cuestión sin el equipamiento adecuado.
En cuanto a las cuantÃas económicas de esta medida, se fijan según los recursos utilizados y el tiempo empleado y el tiempo utilizados, hallando su lÃmite en relación con el número de rescatados. AsÃ, en caso de que se trate de menos de cinco los afectados, la tasa nunca superará los 6.000 euros; si va de cinco a ocho no pasará de los 8.000; si el grupo es de nueve a 16 personas tendrá el tope en 10.000 euros. El supuesto de mayor cuantÃa se da en el caso de que los rescatados sean más de 16, por lo que el máximo por abonar serÃa de 12.000 euros.
La tasa se exige únicamente una vez haya finalizado el servicio, que puede realizarse a iniciativa tanto del interesado como de tercero o de la propia Administración.