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Los galimatías de CajaMadrid para endosar preferentes, al descubierto

   
CARLOS GÓMEZ ABOGADO

El abogado tinerfeño Carlos Gómez. / DA

TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife

Una sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de La Laguna ha condenado a la entidad financiera Bankia a devolver 75.000 euros más intereses a un tinerfeño al que CajaMadrid (de la que Bankia es heredera tras la fusión de varias cajas, entre ella la de Las Palmas) colocó unas participaciones preferentes por el valor referido.

Este tipo de sentencias son, con mayoría abrumadora, favorables a los clientes que sufrieron en sus carnes la necesidad de recapitalización que sufrieron los bancos y cajas españoles a raíz de la crisis financiera internacional, pero la que nos ocupa tiene la particularidad de incluir con detalle por la entidad los ardides utilizados para engatusar al afectado que, tal y como confirma la sentencia, mostró su conformidad con el acuerdo cuando tal consentimiento estaba viciado por la falta de información y, por ende, es nulo de pleno derecho.

En concreto, la magistrada-juez titular del referido juzgado, Carmen Rosa Marrero, detalla los galimatías utilizados en la sucursal para vencer la voluntad del cliente, que contó con la representación legal del abogado tinerfeño Carlos Gómez, un especialista en la defensa de los ahorradores frente a los abusos de la banca.

El caso que nos ocupa tiene un esquema habitual: aprovechando que al cliente en cuestión le vencía el plazo fijo en el que había depositado sus ahorros, la entidad se las ingenia para que traslade el dinero a un producto financiero tóxico como son las participaciones preferentes sin que aquél sepa de los peligros que conlleva.

Así, en la sentencia se incluyen párrafos harto significativos del tríptico informativo con el que la entidad pretendía burlar su obligación legal de informar al cliente de las características del producto. A continuación se rescatan un par de ejemplos respetando la textualidad de la sentencia:

- “En el subepígrafe Riesgo de no percepción de las remuneraciones se hace depender el rendimiento del producto de la obtención de Beneficio distribuible (tal y como éste término se define en el apartado III 4.9.1 de la Nota de Valores), lo que desde luego no resulta inteligible”.

- “El subepígrafe Riesgo de absorción de pérdidas parece destinado a convencer al inversor de que no existe tal riesgo, al afirmarse que la liquidación de la emisión por un valor inferior al del nominal sólo puede producirse en supuestos extremos y que existe una capacidad de absorber pérdidas que es lo que permite considerar a las participaciones preferentes como recursos propios de las entidades de crédito”.

- En el subepígrafe Riesgo de perpetuidad se indica que los productos son perpetuos. Sin embargo, la explicación que viene a continuación (que comienza con no obstante) parece destinada a desvirtuar el carácter perpetuo transcurridos cinco años, pero, en cambio, lo confirma, al indicarse que la amortización depende de la voluntad del emisor, autorización del garante y del Banco de España”.

Como podrá comprobar el lector, el tríptico supuestamente informativo resulta un embrollo precisamente en aspectos tan fundamentales como son las remuneraciones, las pérdidas y la disponibilidad de los ahorros.

Pero hay más. Tras cimentar la juez su decisión final en una esclarecedora sentencia fechada el marzo pasado en Baleares, procede a enumerar hasta siete datos que confirman la ignorancia en la que se mantuvo al cliente:

- No consta qué opciones alternativas a la suscripción de las preferentes se le dieron al actor [el cliente] ni en qué términos.
- No se le informó de la Bajada del Rating, dato importantísimo al suponer la pérdida de calidad del producto.
- No se le informó de que los beneficios de CajaMadrid habían disminuido, al punto que llegaron a decirle que era imposible que no tuviera beneficios. La realidad es que la deuda que acumuló esta entidad fue tal que supone gran parte de la que obligó al rescate de Bankia.
- No se le mostró ninguna previsión sobre la solvencia de CajaMadrid.
- No se le dijo que, en caso de quiebra, los preferentistas son los últimos en cobrar
- Y por último, no se le dio ningún ejemplo numérico de lo que pasaría si CajaMadrid quebrase o dejara de tener ganancias.