X
nacional >

Solo PP y C’s no apoyan la ley catalana de consultas

   

EUROPA PRESS | Barcelona / Madrid

El Parlamento de Cataluña aprobó ayer la ley de consultas no refrendarias y de participación ciudadana, con el voto de CiU, ERC, PSC, ICV-EUiA, CUP y el diputado no adscrito Joan Ignasi Elena, lo que supone más de dos tercios de la Cámara.

El bloque soberanista (CiU, ICV-EUiA, CUP y Elena) interpreta que esta norma es el marco legal necesario para convocar la consulta del 9N, algo que no comparte el resto de grupos: PSC, PP y C’s.

A la espera de que el Diari Oficial de la Generalitat (DOGC) publique el texto para que entre en vigor y de que el presidente Artur Mas firme después el decreto de convocatoria del 9N, el Gobierno central ya ha advertido de que la legislación no contempla la consulta, porque “las reglas son las que son”. de hecho, el Ejecutivo de Mariano Rajoy tiene previsto presentar recurso ante el Tribunal Constitucional contra la ley en cuanto entre en vigor esta norma.

Si la publicación es esta mañana, el Consejo de Ministros se reunirá a continuación para aprobar el recurso, lo que podría suceder por la tarde. Formalmente, es el presidente del Gobierno quien ordena la interposición de los recursos, una vez oído el Consejo.

Fuentes del Ejecutivo insisten en que se desconoce el calendario, porque se desconoce cuándo darán los pasos las instituciones catalanas. Lo que aseguran es que el recurso será inmediato una vez que la ley entre en vigor y sin esperar a la firma por el presidente catalán, Artur Mas, de un decreto para convocar la consulta independentista el día 9 de noviembre.

El Gobierno ha mantenido desde el principio que también recurrirá esta convocatoria, lo que puede hacer de manera paralela o conjuntamente con el recurso contra la ley de consultas. Pero cómo y cuándo lo haga dependerá del calendario que siga Artur Mas.

El Ejecutivo prevé actuar con rapidez. En cuanto la ley se publique, se solicitará dictamen al Consejo de Estado, un requisito obligatorio para poder presentar el recurso. Puede ser el presidente del Gobierno o el propio ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas quien lo requiera. El citado órgano consultivo se reunirá inmediatamente para aprobar el dictamen.