Vista aérea del puerto de Santa Cruz de Tenerife. / DA
N. TORRES | Santa Cruz de Tenerife
Si hace dos semanas se celebró un Pleno municipal extraordinario para la aprobación definitiva del Plan Especial del Puerto de Santa Cruz de Tenerife, ayer, el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publicaba el documento íntegro en el que se detalla la ordenación pormenorizada del espacio portuario de la capital, que entrará en vigor transcurridos 15 días. Junto a los trazos más gruesos de la ordenación ya publicitados aparecen otros detalles que dotan al documento de un interés añadido. Entre ellos está la posibilidad de que el puerto finalmente cuente con un hotel si así lo autoriza el Consejo de Ministros.
Esta posibilidad, que está prohibida en el Plan Especial porque así lo exigió el Ayuntamiento de Santa Cruz, petición que fue aceptada por la Autoridad Portuaria, viene recogida en el artículo 44 correspondiente a los usos y actividades permitidas en el dominio público portuario y que se redacta como sigue: “Excepcionalmente, por razones de interés general, debidamente acreditadas y previo informe de Puertos del Estado, el Consejo de Ministros podrá levantar la prohibición de instalaciones hoteleras en espacios del dominio público portuario destinadas a zonas de actividades logísticas y a usos vinculados a la interacción puerto-ciudad, debiendo tales usos hoteleros adecuarse al Plan Especial de ordenación de la zona de servicio del puerto o instrumento equivalente”.
De esta forma, el hotel que originariamente se dibujaba en el borrador del Plan Especial, aunque prohibido, cuenta con esta posible excepcionalidad.
Ruido
Otro de los aspectos que llama la atención, por no haberse corregido, es el informe presentado por el Servicio de Control y Gestión Medioambiental del Ayuntamiento de Santa Cruz en el que se señala que la Memoria Medioambiental no plantea soluciones al ruido producido por las actividades portuarias. Recuerda el Servicio que las zonas más afectadas son las limítrofes a sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial, (barrios de María Jiménez, Cueva Bermeja, Valleseco y La Alegría, avenida de Francisco la Roche, etc.).
El mismo área municipal también señala que, en cuanto a la fase operacional, y en relación con la calidad del aire, deberían concretarse mejor las medidas de control y las correctoras a aplicar en caso de superaciones de los niveles permitidos de contaminación (SO2, NO2, etc.).
A los anteriores detalles del ordenamiento se suma un pero más del Ayuntamiento, en este caso del área de Servicios Públicos sobre el acceso a los aparcamientos, más de un millar, que se crearán enfrente del edificio del Cabildo y que el documento establece que se haga por la superficie de la vía litoral. Explica Servicios Públicos que eso va en contra del carácter peatonal que el Ayuntamiento quiere dar a esa zona y sugiere que el acceso se haga por el túnel de servicio del puerto. Este punto se solventa condicionando las acciones al ordenamiento de la ciudad.
Otro detalle que llama la atención es la posibilidad de construir un edificio en la parcela anexa al Auditorio de Tenerife. El edificio está en suelo portuario y, aunque la Autoridad Portuaria ha expresado su intención de cederlo al Cabildo de Tenerife, el Plan Especial del Puerto recoge que, aunque sometido a especial control para que su construcción no impacte en tan singular edificio, ésta podría realizarse también con fines culturales.
La estructura que se construya no podrá superar la altura de las terrazas que rodean el Auditorio. De construirse, ha de cumplir con las exigencias de estacionamientos, concretamente ha de dotarse con 160 plazas de aparcamientos, bien en superficie portuaria o en el subsuelo.
El documento ayer publicado podrá impugnarse durante los próximos dos meses.