Los locales de restauración ubicados en la zona de gran afluencia turística podrán cerrar a las 4.00. | F. PALLERO
N. T. | Santa Cruz de Tenerife
Los establecimientos de ocio y restauración de Santa Cruz de Tenerife que así lo soliciten y cumplan con los requisitos establecidos por el Ayuntamiento podrán ampliar su horario de cierre en una hora y media durante la campaña de Navidad, y siempre que la solicitud de ampliación se corresponda con las cinco fechas establecidas en la instrucción dictada por la Gerencia Municipal de Urbanismo al efecto y que se corresponden con los días 12, 19, 23 y 31 de diciembre de 2014, así como también para el día 5 de enero de 2015.
De esta forma, en lo que se refiere al régimen general de ampliación de actividades musicales, las discotecas, salas de baile y salas de fiesta con espectáculo, cuyo horario de cierre ordinario se fija a las 6.00 horas, podrán hacerlo a las 7.30 y tendrán hasta las 8.00 para el desalojo del local. En el caso de salas de conciertos, con horario de cierre establecido a las 5.00 horas, podrán cerrar a las 6.30 y dispondrán de media hora más para desalojar. Los establecimientos turísticos de restauración podrán finalizar su actividad a las cinco de la mañana. En el caso de que se trate de locales que desarrollen actividades de restauración, los que sean de tipo turístico podrán cerrar de manera ampliada a las 3.30 horas, mientras que los salones de banquetes lo podrán hacer a las 5.30 horas.
En lo referente a los establecimientos que estén comprendidos dentro de lo que se considera régimen especial de ampliación, es decir, los que se encuentran dentro de la zona de gran afluencia turística, se establece que las discotecas podrán cerrar a las 8.00 horas y los restaurantes a las cuatro de la mañana.
Por último, en la categoría de de régimen especialísimo se incluyen los negocios que se encuentren dentro de lo que se considera zona de gran afluencia turística pero ubicados dentro de centros comerciales, de forma que podrán cerrar a las 5.30 horas si se trata de locales que desarrollen actividades musicales. En el caso de que se trata de discotecas o salas de fiestas, el horario de cierre ampliado será hasta las 7.30 horas. Todos los establecimientos tienen media hora más para el desalojo.