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Desde ayer los productos alimenticios deben tener nuevo etiquetado. / EP

Desde ayer los productos alimenticios deben tener nuevo etiquetado. / EP

M. FRESNO | Santa Cruz de Tenerife

El consumidor estará, desde hoy, mucho más informado sobre los productos que compra debido a la entrada en vigor de la nueva normativa europea sobre nuevo etiquetado de alimentos. Esta norma, que pretende hacer de la información de los productos algo más sencillo y legible para el consumidor, tiene como principal ventaja y novedad la obligación de incluir información nutricional en la mayoría de alimentos transformados.

Es decir, que a partir de ahora, todos los productos, incluidos los envasados, deben incluir en su etiquetado tanto lo que se refiere a composición de grupos de nutrientes (grasas totales, saturadas, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal) como también el valor energético por 100 gramos o por 100 mililitros.

Asimismo, se obliga a informar en la etiqueta sobre el país de origen del producto cuando su omisión puede inducir a error al consumidor y se establecen reglas para hacer efectiva esta obligación. José María Ferrer, jefe del Departamento de Legislación de Ainia centro tecnológico, aseguró que “al consumidor cada vez le preocupa más la composición, el origen y las cualidades nutricionales de los alimentos. Precisamente por este motivo, la Unión Europea ha decidido unificar la legislación existente hasta ahora en esta materia en un solo reglamento, que establezca las condiciones necesarias para que el etiquetado sea mucho más comprensible para los consumidores”, señaló en declaraciones a Europa Press.

De este modo, más de 28.000 empresas del sector deberán tener listas una información más clara y completa sobre sus productos. Pero, ¿qué cambios habrá en el etiquetado? Por ejemplo, la letra de las etiquetas deberá ser más grande y legible, y los posibles alérgenos a partir de ahora deberán estar bien visibles y utilizar una tipografía diferente. Además, la información sobre energía, grasas saturadas, hidratos de carbono, proteínas, azúcares y sal se debe indicar de manera agrupada y expresada según la porción. En cuanto a las bebidas alcohólicas o refrescos con alcohol en más del 1,2%, tendrán que especificar el grado alcohólico.

El director de relaciones externas de El Corte Inglés, Alfredo Medina, destacó que la mayoría de las empresas ya estaban introduciendo este etiquetado y en el 90% de los casos no habrá problema. Donde puede haber alguna complicación, afirmó, es con aquellas pequeñas empresas que no tengan tanta capacidad industrial y que no vendan en gran cantidad, pero es una norma conocida a la que casi todos “nos hemos adaptado”.

Alergénicos
A esta norma se une la que obliga al sector de bares, cafeterías y restaurantes a informar a sus clientes de las sustancias alergénicas que contengan sus platos, raciones y aperitivos con el fin de que se puedan consumir sin riesgo. Así, los más de 14.290 establecimientos de actividades de restauración y bares que registran las Islas estarán obligados desde hoy por la Unión Europea a informar a sus clientes de las sustancias alergénicas que contengan sus platos, raciones y aperitivos. Las empresas que no cumplan con las técnicas de autocontrol en materia de seguridad alimentaria marcadas en la citada normativa europea se enfrentan a sanciones que van desde los 5.000 euros a los 600.000 euros. Y es que la legislación europea otorga responsabilidad directa al restaurador  sobre la información que debe ofrecer al comensal.

Nuevas especificaciones
-La letra de las etiquetas deberá ser más grande y legible. Los posibles alérgenos, a partir de ahora, deberán estar bien visibles y utilizar una tipografía diferente.

-La información sobre energía, grasas saturadas, hidratos de carbono, proteínas, azúcares y sal se debe indicar de manera agrupada y expresada según la porción.

-Habrá que distinguir entre congelado, que será obligatorio para carne, productos de pesca no transformados y productos cárnicos, y descongelado en aquellos productos que han sido descongelados antes de ponerlos a la venta.

-Se tendrá que especificar el origen de los productos, afectando de forma especial a los productos cárnicos. Se especificará también el país de procedencia del ingrediente primario. Además, los alimentos que aparentemente están elaborados de un solo tipo de carne o pescado, pero que son la suma de varios combinados con otros ingredientes, deben estar especificados.

-Las bebidas alcohólicas o refrescos con alcohol de más de 1,2% tendrán que especificar el grado alcohólico.

-Es necesario también especificar si el producto ha sido envasado en atmósfera protectora, o si contiene edulcorantes, cafeína, ácido glicirrícico o sal de amonio o fitoesterol.

-También hay etiquetado especial de de nanoingredientes. En este sentido, será obligatoria la indicación en la lista de ingredientes de todos los nanomateriales con función de ingredientes, presentes en el producto final, seguidos de la palabra nano. Se consideran nanoingredientes aquellos nanomateriales que cumplan la función directa o indirecta de un ingrediente.