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Caso mamotreto > la ejecución de la sentencia

Cárcel pese a los errores del juicio

   
El mal llamado mamotreto en la actualidad; el propio alcalde, José Manuel Bermúdez, opta por su legalización. / DA

El mal llamado mamotreto en la actualidad; el propio alcalde, José Manuel Bermúdez, opta por su legalización. / DA

A.D. | Santa Cruz de Tenerife

La sentencia del Juzgado de lo Penal número cinco de Santa Cruz de Tenerife por el denominado caso Mamotreto se basa en unas periciales erradas, tal y como ha denunciado públicamente en estas páginas el prestigioso arquitecto José Ángel Domínguez Anadón.

Es más. Los expertos consultados por DIARIO DE AVISOS coinciden en señalar que si la obra es legalizable -como apunta la sentencia en segunda instancia, la de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife-, sencillamente no hay delito. Se podrá hablar de infracción urbanística o de si hay que reducir la volumetría, pero de nada más.

Lo terrible del caso es que los días pasan y tres personas, dos exconcejales y una funcionaria, tendrán que ingresar en prisión por estos hechos sin que siquiera se agote la jurisdicción ordinaria, ya que están pendientes la interposición de varios incidentes excepcionales de nulidad ante la propia Audiencia Provincial. No son pocos a los que sorprende el actual silencio del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Antonio Doreste, del fiscal superior de Canarias, Vicente Garrido, o del propio presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes.

“Pongo la mano en el fuego por la seriedad, responsabilidad y honradez de estas personas; no salgo de mi sorpresa porque se vean en esta situación por cumplir con sus obligaciones”, apunta el exalcalde capitalino y expresidente del Gobierno de Canarias, Manuel Hermoso, al ser cuestionado por la inminente (si nadie lo remedia) entrada en prisión de los exediles Manuel Parejo y Norberto Plasencia, y la arquitecta jefe municipal Loreto Gutiérrez. Hermoso, como todos los consultados por este periódico, anteponen su respeto a los tribunales a la par que ejercen su derecho a discrepar. Unos prefirieron guardar el anonimato, otros no.

Hermoso: “Pongo la mano en el fuego por ellos: están así por cumplir con su deber”

Para Hermoso, no hay dudas: “Se han cometido errores y hay que evitar que esos errores provoquen un error aún mayor con la ejecución de sentencia”. De idéntica forma opina el letrado tinerfeño Alfonso Delgado, que ya logró la absolución de una de las acusadas, Luz Reverón, y que ahora representa a otra, Candelaria Benítez: “Es que los abogados defensores sabíamos de lo que hablábamos durante el juicio; hay motivos más que sobrados para concluir que el mamotreto es legal, por lo que, en todo caso, nos encontraríamos ante una infracción urbanística”.

La merma de garantías
¿Qué opina todo un catedrático de Derecho Penal como Esteban Sola de este caso? “El objeto enjuiciado en las dos sentencias ha requerido de pronunciamientos sobre cuestiones muy técnicas: el carácter no autorizable de la construcción y/o la existencia del conocimiento de la injusticia de los pronunciamientos de autoridades y funcionarios”, recuerda el docente. “Sobre tales cuestiones tengo serias dudas acerca de que la jurisdicción contencioso-administrativa hubiera resuelto en idéntico sentido. Es el debatido problema de las cuestiones prejudiciales en el procedimiento penal. En otros países es posible el simultáneo conocimiento de las mismas cuestiones en diferentes órdenes jurisdiccionales. Comporta un mayor garantismo. En mi opinión, la eficiencia de la Administración de Justicia no debe cobrarse con la merma de las garantías para el justiciable”.

Sola: “En el Alfredo Kraus se multiplica lo que aquí se critica del proyecto de Perrault”

Sobre lo expuesto por Domínguez Anadón, Sola es aún más claro: “He leído con detenimiento al menos dos artículos de ese prestigioso urbanista y los de otros que se han pronunciado en similares términos. Como le decía al principio, todos ellos hacen hincapié en cuestiones muy técnicas cuya valoración requiere de conocimientos altamente especializados. Y me parece muy preocupante que Domínguez Anadón pueda tener razón: que la incompetencia de unos peritos pueda llevar a resoluciones judiciales injustas. Pero carezco de los conocimientos técnicos necesarios como para concluir que así ha ocurrido. Con todo, llama la atención que las características que se critican del proyecto de Perrault estén multiplicadas en la magna construcción del Auditorio Alfredo Kraus de Las Palmas”.

Hablando de Dominique Perrault, también se acuerda Hermoso del francés: “Este edificio no es más que la base de un proyecto magnífico y la gente lo está juzgando como si estuviera terminado. No saben que ahí va una plaza con acceso al mar y a la playa. ¡Es como si se opinase sobre el Auditorio Adán Martín cuando sólo estaban puestos los cimientos!”, clama el histórico dirigente tinerfeño.

Tres cuestiones esenciales

Delgado: “Hay motivos más que sobrados para concluir que el mamotreto es legal”

Sea como fuere, tres ideas gravitan sobre la sentencia del caso mamotreto: la primera, ya apuntada, es que si el edificio es legalizable (como asegura la propia Audiencia), no parece ajustado a Derecho calificar como delito lo sucedido.

La segunda es que el edificio en cuestión está en consonancia con el uso de la parcela sobre la que se aposenta. Dicha parcela tiene reservado su uso a los servicios, y allí sólo se han construido aparcamientos. Además, en el caso de que finalmente se levantasen locales comerciales, no están prohibidos per se en el dominio marítimo-terrestre, por cuanto hay usos compatibles como bien podría ser, por ejemplo, una escuela de vela.

Y por último, nadie ha construido en suelo de dominio público, sino en servidumbre. Podrá haber -insisten los juristas- infracción urbanística o discusiones por la volumetría, pero no calificar los hechos como delito.