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MAMOTRETO >

El Supremo dictaminó hace un año que no es dominio público

   
Fachada de la sede del Tribunal Supremo en Madrid. / EUROPA PRESS

Fachada de la sede del Tribunal Supremo en Madrid. / EUROPA PRESS

A. D. | Santa Cruz de Tenerife

Una sentencia del Tribunal Supremo (TS) ya dejó al llamado mamotreto, un edificio de aparcamientos situado al frente de la santacrucera playa de Las Teresitas cuya construcción ha devenido en sentencias de cárcel para tres exediles y tres funcionarios, fuera del dominio público, lo que en la práctica supone que es legalizable y, por ende, que no es posible que se cometiera el delito contra la ordenación del territorio, uno de los dos incluidos junto a prevaricación urbanística en las sentencias condenatorias dictadas por el Juzgado de lo Penal número 5 de Santa Cruz de Tenerife y la Sala Segunda de la Audiencia provincial.

La decisión del Alto Tribunal, que evidencia los errores materiales cometidos en la sentencia de primera instancia, llegó con posterioridad a que se dictase la misma y viene a reafirmar lo ya sabido: que el mamotreto es plenamente legalizable, tal y como ya había advertido la propia Abogacía del Estado allá por 2008.

Como recordarán los lectores, la Audiencia corrigió dicho error material como segunda instancia, pero tampoco atinó a la hora de calificar el suelo, al considerarlo como no urbanizable cuando es urbano no consolidado, tal y como desveló el prestigioso arquitecto José Ángel Domínguez Anadón en denuncia pública llevada a cabo en las páginas del DIARIO DE AVISOS en su edición del 26 de diciembre de 2014.

Por lo que respecta a la sentencia del Tribunal Supremo que hoy resalta este periódico, reseñar que tiene fecha del 24 de enero del año pasado y es obra de un tribunal altamente especializado: la Sala de lo Contencioso Administrativo, concretamente la Sección Quinta del TS.

Dicha sentencia responde, desestimándolo, al recurso de casación interpuesto por la Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN) contra la sentencia de la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de 17 de diciembre de 2010, dictada en el recurso contencioso-administrativo nº 333/2009. En el mismo se persona la Administración General del Estado representada por la Abogacía del Estado.

Dicho recurso administrativo hace referencia a la sentencia dictada por la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional con fecha 17 de diciembre de 2010 y en la que se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto en representación de ATAN contra la Orden del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de 12 de febrero de 2009 que aprueba el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos 1.537 metros de longitud, perteneciente a la playa de Las Teresitas, término municipal de Santa Cruz de Tenerife.

Por lo que respecta a los errores contenidos en la primera instancia, Domínguez Anadón detalla en su denuncia pública que fueron los fallos cometidos por dos de los peritos de la Fiscalía los que terminan contaminando el escrito de conclusiones del Ministerio Público, que luego la sentencia hace suyo a la hora fijar hechos como probados.

Por último cabe recordar que las sentencias cuyos errores se han detectado ahora están en fase de ejecución de sentencia a pesar de que ni siquiera se ha agotado la jurisdicción ordinaria, ya que siguen sin resolverse varios incidentes excepcionales de nulidad elevados ante la Audiencia, así como una aclaración de sentencia en la que, entre otros asuntos, se pide si finalmente hubo o no deliberación en la Sala Segunda, ya que no consta en la sentencia y no se comunicó a partes, lo que impidió (según el letrado de la defensa Eligio Hernández) recusar a uno de sus magistrados.

Habrá recurso de revisión ante el TS

A. D. | Santa Cruz de Tenerife

Si la sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife sobre el llamado mamotreto ya ha sido recurrida en amparo ante el Tribunal Constitucional (TC), ahora le llega el turno al Supremo.

Nuevamente será el abogado Eligio Hernández, que representa a la técnico Loreto Ariz y al exedil Norberto Plasencia, quien acuda a Madrid, en este caso con un recurso de revisión. Hay que tener en cuenta que, en realidad, Hernández es el único que puede acudir a estas instancias dado que ya se respondió en la Audiencia el incidente de nulidad que planteó.

En su recurso de revisión, el también exmagistrado y exfiscal general del Estado tiene previsto incluir la sentencia del propio TS que acompaña a estas líneas y la denuncia pública efectuada por el arquitecto José Ángel Domínguez Anadón en este periódico, y en la que se describen errores materiales que habrían cometido dos de los peritos durante el juicio, al considerar como dominio público el terreno en el que se edificó el llamado mamotreto, un edificio de aparcamientos erigido en la entrada de la capitalina playa de Las Teresitas, cuya edificación ha devenido en condenas de cárcel e inhabilitación para tres exediles y tres funcionarias.

Mientras tanto, la ejecución de la sentencia sigue adelante, lo que conllevaría la entrada en prisión en breve de tres de los condenados, así como el cese en sus funciones en el Ayuntamiento de las funcionarias afectadas. Las distintas defensas confían en que el TC aplique cautelarmente su propia doctrina y, al ser penas inferiores a cinco años, las suspenda.