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Las comunidades de propietarios, obligadas a declarar obras mayores

   

M. FRESNO | Santa Cruz de Tenerife

Imagen de un edificio de viviendas en Santa Cruz de Tenerife. / DA

Imagen de un edificio de viviendas en Santa Cruz de Tenerife. / DA

Las comunidades de propietarios tienen hasta el próximo lunes, 2 de marzo, para presentar en Hacienda el modelo 347 (y modelo 415 para la Hacienda canaria) para informar de toda aquellas operaciones que se hayan realizado con terceros durante el pasado ejercicio y que hayan superado los 3.005 euros. Se trata de un trámite meramente informativo puesto en marcha por la Agencia Tributaria para evitar el fraude, pero que en caso de incumplimiento puede derivar en sanciones con cantidades que van desde los 300 a los 20.000 euros.

Por este motivo, el Colegio de Administradores de Fincas ha realizado varias campañas informativas y jornadas para informar de este nuevo trámite de obligado cumplimiento en el que se incluyen las adquisiciones en general de bienes o servicios, como las obras de reforma o reparaciones, limpieza, mantenimiento de ascensores, piscinas o jardinería. Quedan excluidos los pagos por suministro de agua, energía eléctrica y combustibles y los derivados de seguros sobre zonas y bienes comunes. La presidenta del colegio territorial en Tenerife, Carmen Suárez, resaltó la importancia de esta medida “para evitar el fraude fiscal y la llamada economía sumergida, al tiempo que se intenta garantizar la profesionalidad y calidad de los trabajos contratados”. De ahí, insistió en la necesidad de que las comunidades cuenten con un profesional cualificado que informe de las normativas “porque en la mayoría de los casos éstas se incumplen por desconocimiento”. “Las comunidades de propietarios”, declaró, “se parecen cada vez más a una empresa, por eso es tan importante la profesionalización de los servicios, ya que “permite distinguir a quienes realizan las tareas de administración de comunidades con la formación pertinente y con un seguro de responsabilidad civil que les respalda en sus actuaciones, frente a quienes se empeñan en gestionar desde el desconocimiento de las nuevas formas de administrar las comunidades”.

Carmen Suárez recordó asimismo que a partir de ahora las comunidades de propietarios deberán informar, que no tributar, de las obras que se realicen que superen los 3.005 euros. “Se trata de un trámite informativo, pero que en caso de no hacerse y se coja por el otro lado, sí se podrá sancionar”.

La normativa
Modelo 415. El modelo que tienen que presentar en la Hacienda canaria es el 415, en el que se informa de las obras realizadas en la comunidad de propietarios.
Plazo. El plazo para informar de todas las operaciones realizadas en el edificio acaba el próximo lunes.
Sanciones. En caso de incumplir con este proceso informativo, las multas podrían oscilar entre los 300 y los 20.000 euros. Sanción que recaería sobre la propia comunidad de propietarios.
Objetivo. La razón de esta nueva normativa, que no es tributaria sino meramente informativa, es evitar el fraude fiscal y atajar la economía sumergida, ya que muchas de las reparaciones se realizan en la propia comunidad vía parientes y conocidos.
Qué se declara. Todas las operaciones que se realicen con terceros que superen los 3.005 euros, que incluyen adquisición de bienes y servicios, obras de reforma y reparaciones, piscinas, limpieza, mantenimiento de ascensores o jardinería. Están excluidas los pagos por suministro de agua, energía eléctrica y combustibles, y los derivados de seguros.