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Carta al mamotreto – Por José Ángel Domínguez Anadón

   

Planos de correcciones de deslinde y de la medición de la afección. / DA Planos de correcciones de deslinde y de la medición de la afección. / DA
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Planos de correcciones de deslinde y de la medición de la afección. / DA

Me resisto a llamarte mamotreto porque me vienen remordimientos de cuando llamábamos el Peta a aquel compañero de escuela afectado de escoliosis, pero parece que hay que aceptarlo como servidumbre mediática. Las cosas que están pasando a tu alrededor producen perplejidad y no se empiezan a digerir hasta que uno se da cuenta de que está ante un problema de otro nivel aún más grave, de que es la falta de calidad democrática la que está permitiendo todo esto.

En las verdaderas democracias además de un sistema de libertades hay principios y valores compartidos, muchas veces integrados en el consenso nacional sin necesidad de reflejarse en leyes. Entre ellos, la accountability se considera como uno de los principios más definitorios y se define como la obligación que incumbe a los individuos y entidades de responder por sus actividades, aceptar responsabilidades por ellas y exponerlas de modo transparente.

¿Pueden los peritos judiciales en un juicio donde se dirime la libertad y patrimonio familiar de seis personas aceptar un papel para el que no están capacitados y equivocarse groseramente en su testimonio? Se diría que tienen que responder por ello.

¿Puede el Tribunal confundir suelo urbano con suelo no urbanizable y negarse a reconsiderar su sentencia cuando se le señala en vía de recurso un error material tan grave, circunstancia decisiva para apreciar la existencia o no de delito tipificado?

¿Pueden los servicios municipales emitir informes ininteligibles de corta y pega cuando lo que corresponde a su función es analizar las opciones para la mejor protección del interés público, sea en un marco de ejecución de sentencia o sea en el de información pública de un nuevo deslinde?

¿Puede la Demarcación de Costas frente a la petición municipal de aclaración del error de deslinde recientemente detectado responder a través de una funcionaria administrativa con una retahíla de antecedentes y enviando planos mudos, sin ninguna explicación sobre ese error? ¿Puede el responsable máximo de Costas, testigo en el juicio y como tal conocedor de la gravedad de las consecuencias, no dar explicaciones transparentes? ¿Puede, simplemente, no dimitir?

Creo, querido mamotreto, que en todos los casos la respuesta debe ser no, porque nadie puede en democracia enrocarse y amparase en un status al que no hace honor. Cuando la ética del funcionario cede ante la consideración única de salvar su pellejo la función pública se degrada convirtiéndose en un puro mecanismo para extraer del erario público rentas personales, lo que en democracia es intolerable.

Detengámonos en lo más reciente, el error detectado por Costas en sus planos de deslinde que sirvieron para la acusación y condena. Como sabes, ya durante el juicio se puso de manifiesto que Costas en 2004 había informado favorablemente el deslinde reflejado en los planos del Plan General que luego resultó que no coincidía, según los peritos judiciales, con el plano que ellos encontraron en Costas, lo que adujeron como justificación de su dictamen sobre ocupación de zona de servidumbre, que en el folio 3845 era de cuatro metros y en el folio 3859 pasó a ser de dos metros que en el siguiente párrafo pasaron a ser siete metros (por error de transcripción , según dijeron, de los cuatro metros anteriores), para finalmente quedarse en 6,50 metros en el último párrafo del mismo folio 3859. Sobre esta base tan caótica se sentenció tu amputación incondicional en 420 metros cuadrados desestimando lo alegado por la defensa en el sentido de que se trataba de una cuestión poco clara y desde luego no evidente sobre el terreno, porque Costas nunca se ocupó de colocar mojones.

Pues bien, ahora resulta que un mojón determinante de la línea roja que supuestamente traspasaste es erróneo porque no coincide con el aprobado y vigente para el frente del barrio de San Andrés, que es del que hay que partir para la nueva delimitación del de Las Teresitas. Esto puede colegirse de la escueta referencia que en tal sentido se hace en el expediente expuesto a información pública, pero Costas elude explicar un segundo error, el consistente en que la zona de servidumbre estaba también mal delimitada en tu esquina más próxima a la desembocadura del barranco, que debe considerarse ribera del mar y en consecuencia, reglamentariamente, delimitar la servidumbre como ahora se hace paralelamente a la canalización y no como se había hecho en el plano que sirvió de base a las condenas. La corrección de este segundo error silenciado reduce también los 420 metros cuadrados que habría que amputarte. Con ambas correcciones esos 420 metros cuadrados se reducirían a 62,79 metros, según el único informe claro y concreto que conozco del Ayuntamiento, el del Servicio Técnico de Proyectos Urbanos. Según mi propia comprobación topográfica, serían 51,06 metros cuadrados, que aumentarían hasta 54,82 metros si se consideran 3,76 metros cuadrados de un pequeño volado que no ocupa directamente suelo. ¿Qué es lo que hay que demoler entonces? ¿Se ha personado el responsable de Costas ante el Juzgado a reconocer sus errores? ¿Qué va a hacer la Administración de Justicia ante la evidencia de que los fundamentos de las condenas están plagados de errores?

Le mando a mi hija copia de esta carta que ojalá no hubiera tenido que escribirte. A ella le aconsejo que se vaya de aquí y a ti, que no puedes hacerlo, te deseo buena suerte.

*ARQUITECTO URBANISTA