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Condenado a 1 año y 6 meses de prisión el administrador de una constructora por estafa en Fuerteventura

   

EUROPA PRESS | Las Palmas de Gran Canaria

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado al administrador de la mercantil Construcciones Marlape, J.P.G., a una condena de 1 año y 6 meses de prisión por un delito de estafa al considerarse probado que hipotecó una finca en Fuerteventura que previamente había dado como pago a otra entidad.

Además, deberá indemnizar a la inmobiliaria Masar Canarias S.L. con 1.245.371,45 euros y al abono de la mitad de las costas procesales, incluidas, en este porcentaje, las de la acusación particular.

Por su parte, la Sala ha absuelto a J.P.G. del delito de insolvencia punible que le imputaba la acusación particular, declarando de oficio la mitad de las costas procesales.

De esta manera, se ha considerado probado que en marzo de 2003 el acusado, actuando en calidad de administrador de la mercantil Construcciones Marlape S.L., celebró contrato de ejecución de obra con Inmobiliaria Masar Canarias S.L. con la finalidad de levantar un edificio de viviendas en la Avenida de Fred Olsen, de Arrecife de Lanzarote.

Durante la obra, y con la finalidad de que la empresa del acusado pudiera hacer frente a las deudas que tenía con terceros, se le habían abonado cantidades por certificaciones de obras que excedían el volumen realmente ejecutado por Construcciones Marlape, en el mes de febrero de 2009 el acusado, con el objeto de satisfacer a Inmobiliaria Masar Canarias el millón y medio de euros que por este concepto le debía, firmó un contrato en virtud del cual le daba en pago de dicha deuda un solar de su propiedad en Antigua, Fuerteventura

Posteriormente, y a pesar de conocer que había dado en pago el citado inmueble, procedió, actuando nuevamente como representante legal de Construcciones Marlape S.L., con fecha 13 de mayo de 2009, en escritura pública, a constituir hipoteca sobre la misma finca con la Caja Insular de Ahorro de Canarias en garantía de un préstamo de 1.250.000 euros, préstamo que no consta que haya sido abonado a la entidad financiera que lo concedió.