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Instituto Canario de la Vivienda subvencionará hasta el 35% de las obras de rehabilitación de las comunidades de vecinos

   
VIVIENDAS PISOS

Las ayudas serán destinadas a obras de conservación, mejora de la calidad o de la accesibilidad del edificio. / EP

EUROPA PRESS | Santa Cruz de Tenerife

El Gobierno de Canarias, a través del Instituto Canario de la Vivienda, ha publicado en la edición de este jueves del Boletín Oficial de Canarias las bases que regirán la concesión de subvenciones destinadas a comunidades de propietarios, o propietarios únicos de edificios de viviendas, para financiar, hasta en un 35 por ciento del total del presupuesto, la realización de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en los edificios.

Las ayudas serán destinadas a obras de conservación, mejora de la calidad o de la accesibilidad del edificio. Los edificios deberán ser anteriores a 1981 y al menos el 70 por ciento de las viviendas deben ser el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios; en casos excepcionales también se podrán subvencionar obras en edificios que no cumplan estos requisitos y presenten daños estructurales que justifiquen la concesión de la ayuda.

La cuantía máxima de las subvenciones se determinará en función del coste total de la obra y no podrá superar los 11.000 euros por vivienda del edificio o por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de locales y tampoco podrá superar el 35 por ciento del coste total.

En líneas generales, se subvencionarán obras destinadas a la conservación, la mejora de la calidad y sostenibilidad o mejora de la accesibilidad del edificio.

Destinadas a la conservación del edificio, se podrán subvencionar las obras detectadas con carácter desfavorable por el ‘informe de evaluación del edificio’ relativas al estado de conservación de la cimentación, estructura e instalaciones; relativas al estado de conservación de cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías u otros elementos comunes, cuando se realicen en edificios declarados Bien de Interés Cultural, catalogados o protegidos, o situados dentro de conjuntos histórico-artísticos.

También las que se realicen en las instalaciones comunes de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones, con el fin de adaptarlas a la normativa vigente.

Para la mejora de la calidad se contemplarán las obras destinadas a reducir su demanda energética, actuaciones de aislamiento térmico, la sustitución de carpinterías y acristalamientos de los huecos, u otras; la instalación de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación y la instalación de equipos de energías renovables, entre otros.

ASCENSORES Y SALVAESCALERAS

En materia de accesibilidad se subvencionará la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, grúas u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial, y la instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, tales como videoporteros y análogos.

Estas bases regirán en las convocatorias que el Gobierno de Canarias realice entre los años 2015, 2016 y 2017. Las solicitudes se presentarán en los registros del Instituto Canario de la Vivienda o en su sede electrónica.

El abono se realizará tras la presentación del acuerdo de la comunidad, la licencia municipal precisa para la realización de la obra y el certificado de inicio de obra. Tras el reconocimiento del derecho y la comprobación de que se cumplen todos los requisitos exigidos se abonará la ayuda en el plazo de un mes para su resolución.