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Los municipios mayores deberán crear consejos de barrio vecinales

   

La capital tinerfeña creó los Tagorores, sus juntas de distrito. | F. PALLERO

La capital tinerfeña creó los Tagorores, sus juntas de distrito. | F. PALLERO

VICENTE PÉREZ | Santa Cruz de Tenerife

Participación ciudadana. Es uno de los nuevos lemas de los gobernantes y una demanda social, aunque la forma de articularla aún tiene muchas lagunas. Precisamente la nueva Ley de Municipios de Canarias, aprobada la pasada semana por unanimidad en el Parlamento autonómico, introduce novedades en esta materia, siguiendo además la nueva legislación básica del Estado.

Así, los ayuntamientos de municipios con más de 50.000 habitantes no sujetos al régimen de ley de grandes ciudades y donde no se creen juntas de distrito (este régimen solo se aplica a Santa Cruz de Tenerife, La Laguna, Las Palmas de Gran Canaria y Telde) tendrán la obligación de crear consejos de barrio.

A diferencia de los Tagorores de distrito que ya funcionan en la capital tinerfeña, y cuyos miembros designa la corporación a propuesta de los grupos políticos, los consejos de barrio deben estar formados por personas propuestas por las asociaciones vecinales de su ámbito, y su composición aprobada en sesión plenaria del Ayuntamiento.

La nueva ley prevé consejos municipales de sectores económicos

Será la corporación municipal la que decida en cuántos barrios divide el municipio para crear estos órganos de participación ciudadana, cuyo objetivo será proponer al consistorio “soluciones a los problemas que detecten para la satisfacción de los intereses vecinales específicos en su respectivo ámbito territorial”, según reza la nueva ley.

El consejo de barrio los presidirá el concejal de zona respectivo y de él formará parte también un funcionario de la corporación, que actuará como secretario, por delegación del titular de la secretaría general.

Cuando la corporación deba tomar acuerdos que afecten de forma particular o relevante a un barrio, deberá oír previamente al este foro ciudadano.

Tienen más de 50.000 habitantes en Canarias, además de los citados, Arona, Santa Lucía, San Bartolomé de Tirajana y Arrecife, y se quedan a las puertas Adeje (no llega a 47.000 habitantes) y Granadilla (unos 43.000) y La Orotava ( unos 41.000).

En los municipios de más de 50.000 almas no sujetos al régimen jurídico de gran población, los reglamentos orgánicos de la nueva ley “podrán prever” la creación de juntas de distrito.

Otra previsión de la Ley Canaria de Municipios para canalizar la participación ciudadana son los llamados consejos de sector, que deberán crearse en las localidades “cuyas especiales características agrícolas, ganaderas, industriales, turísticas u otras, así lo demanden”. No será obligatoria su constitución, sino potestativa, cuando no se supere un censo de 50.000 moradores.

Estos órganos estarán compuestos por representantes del correspondiente sector económico designados por el pleno municipal, a propuesta de las entidades o instituciones relacionadas con las actividades económicas de que se trate. Estarán presididos por un concejal delegado en la específica competencia del consejo y contarán con la asistencia de personal funcionario, por delegación de la persona titular de la secretaría general, que hará las funciones de secretaría de este órgano ciudadano.