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La responsabilidad de los jueces – Por Eligio Hernández

   

Sería una paradoja del destino que como Magistrado anticipadamente jubilado me convirtiera en banderizo obtuso contra los jueces, pero tengo por ello el deber cívico y moral de formular críticas a quienes integran el poder Judicial, ni más ni menos que a quienes integran el poder ejecutivo y legislativo. He destacado con orgullo que la inmensa mayoría de jueces y fiscales son justos no sólo al aplicar la Ley sino en hacer justicia, de acuerdo con la ley, e incluso a pesar de ella, aunque nunca contra ella, con una vocación a la que no regatean esfuerzos y toda clase de sacrificios laborales y personales, y, sobre todo, imbuidos por la más sublime ética profesional. Sin embargo, una minoría de jueces, que se consideran intocables, no tienen conciencia de que debajo de su toga aparecen como hombres de carne y hueso que no siempre son modelos sociales y que resultan vulnerables a algunas presiones (A. Nieto), sobre todo a las mediáticas.

Algunos jueces y magistrados no soportan la crítica de sus resoluciones judiciales, absolutamente necesaria e imprescindible para evitar errores judiciales y arbitrariedades, controlar el poder judicial que representan, y mantener la confianza en la justicia sustraía al control público (STC 96/1987). Decía Mirabeau: “Dadme al juez que queráis; parcial, venal, incluso mi enemigo; poco me importa con tal de que nada pueda hacer si no es cara al público”. Como ha señalado el Tribunal Constitucional, (STC. 13/1985; 38/1982; 62/1982; y 96/1987) el principio de publicidad tiene una doble finalidad: por un lado, proteger a las partes de una justicia sustraída al control público, y por otro, mantener la confianza de la comunidad en los Tribunales. En el Decreto de la Regencia de 1855 se decía que: “Conviene a la sociedad que los jueces estén al abrigo de las exigencias del poder, del embate de las pasiones y de las influencias de la política. Es imprescindible pedir estrecha cuenta a los que abusen de su ministerio en la administración de justicia; un juez no debe ser inamovible sin ser al tiempo responsable, que asegure a sus ciudadanos que sus fallos no sean hijos del capricho o la arbitrariedad”.

No nos engañemos, advierte el profesor Alejandro Nieto, la exigencia de responsabilidad a los jueces y magistrados es una ficción. La Constitución de 1978 no ha resuelto el problema del control del Poder Judicial: ¿Quid custodiat ipsos custodes (¿Quién custodia a los que custodian?)?, ni se resolverá mientras los jueces sean juzgados por otros jueces, hasta que una reforma constitucional incorpore el artículo 99 de la Constitución de la II República: “La responsabilidad civil y criminal en que puedan incurrir los jueces, magistrados y fiscales en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas, será exigible ante el Tribunal Supremo con intervención de un jurado especial, cuya designación, capacidad e independencia regulará la ley”. Como juez prefiero, sin embargo, que me juzgue un jurado que otros jueces, pues mi defensa penal de algunos jueces demuestra que para que la opinión pública y mediática nos les acusen de corporativismo y parcialidad, suelen ser especialmente inquisidores con sus propios compañeros, lo que me ha llevado a la convicción de que “el peor enemigo de un juez es siempre otro juez”.

Basta examinar la estadística judicial para demostrar que la responsabilidad de los jueces es una ficción: en 150 años se ha condenado penalmente a cinco jueces de carrera, y disciplinariamente, desde que se estableció el CGPJ, hace más de 25 años, se ha impuesto sanciones graves a menos de media docena. Según confesaba sinceramente el Libro Blanco de la Justicia en 1997: “La sociedad percibe una cierta sensación de no existencia de responsabilidad de jueces y magistrados. Se suele decir que cuando un caso concreto es esencialmente grave y aparece en los medios de comunicación, es cuando operan los sistemas de control y de exigencia de responsabilidad, lo que es preocupante. Quizás por ello existe la sensación añadida de que denunciar hechos que se refieren a un juez es inútil, que seguramente no sirve para nada, y en cambio, se corre el peligro de que el ciudadano tema que el juez o magistrado afectado se resientan gravemente en su imparcialidad”. Los datos descarnados de dicha estadística judicial revelan que en el año 1996 se recibieron en el CGPJ 1.413 escritos de denuncia contra jueces y magistrados, de los cuales 899 se archivaron de plano y 514 originaron la apertura de diligencias informativas, pero sólo 20 dieron lugar a la incoación de expediente disciplinario, de los cuales únicamente en siete se impusieron la simple sanción de advertencia.