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Ni prohibido ni permitido

El solar donde se ubicaría el futuro tanatorio está en la calle Cecilio Montes. / DA
El solar donde se ubicaría el futuro tanatorio está en la calle Cecilio Montes. / DA

GABRIELA GULESSERIAN | Icod de los Vinos

En marzo de 2013, Federico Pedro Hernández, representante de Construcciones Cruz Abierta S.L., comenzó con todos los trámites para poder instalar un tanatorio-crematorio en el centro de Icod de los Vinos, el municipio en el que reside y por el que quiere luchar. Sobre todo, teniendo en cuenta que el norte de Tenerife carece de un horno crematorio y si un vecino requiere este servicio debe desplazarse al área metropolitana o al sur de la Isla.
Sin embargo, dice que durante estos dos años no ha encontrado más que trabas por parte del Ayuntamiento, ya que cuenta con los permisos pertinentes del resto de administraciones, como la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, de la que obtuvo el visto bueno para las instalaciones de tanatorio-velatorio y emitió informe favorable a la concesión de licencia municipal conforme al proyecto.

En el caso del crematorio, el permiso le fue denegado debido a que no se cumple el requisito de distancia mínima al estar situado cerca de núcleos de población. Una normativa que según el empresario se incumple en toda regla en Canarias y así lo ha hecho constar en las alegaciones que presentó al respecto.

El futuro tanatorio estaría ubicado en la calle Cecilio Montes, en pleno casco, y a cien metros del cementerio municipal. El edificio tiene proyectadas cuatro plantas de altura, una floristería, capilla, cafetería y funeraria, y generaría, de acuerdo a los cálculos de la empresa, unos 15 puestos de trabajo directos.

Garantía del Ayuntamiento

Asegura que en un primer momento “tuvo la garantía legal del Ayuntamiento” para poder acometer el proyecto y por ello la empresa a la que representa realizó una importante inversión con la compra de los terrenos, hizo un estudio de viabilidad económica y contrató a técnicos para que redactaran los documentos necesarios para obtener la licencia de obra.

Todos estos escritos fueron presentados en el Ayuntamiento, en concreto en el Organismo Autónomo Local de la Gerencia de Urbanismo, Medio Ambiente y Patrimonio, fueron revisados, y tras la subsanación de algunos errores técnicos, “tan pronto fueron requeridos”, consiguió la concesión de licencia municipal conforme al proyecto.
Tras mucho esperar y presentar escritos y permisos de todo tipo, en marzo de este año, cuando solicitó el permiso para poder empezar las obras, le fue denegado al emitirse un informe jurídico desfavorable dado que el terreno donde se proyecta la edificación “está emplazado en un ámbito con aprobación defnitiva suspendida en el Plan General, donde se mantiene la ordenación de las Normas Subsidiarias, y en consecuencia el terreno se encuentra emplazado en Suelo Urbano de Edificación Adosada Compacta y Cuatro plantas de alturas y de Uso Residencial”. En el informe de la secretaria , de 31 de marzo de 2015, se añade que en Icod “no existe una previsión urbanística específica para instalar un tanatorio en los instrumentos de ordenación vigentes”, por eso se hace necesario, “primero, determinar la categoría de la edificación proyectada y si ésta es o no admisible” en este tipo de suelo.

En este sentido, se expone que el uso pretendido “si bien no se encuentra expresamente prohibido , tampoco se encuentra permitido por el instrumento de ordenación que se aplica”, y por lo tanto un edificio para servicios funerarios “no resulta admisible” en la parcela proyectada. Así, el 18 de marzo el Consistorio desestima las alegaciones presentadas por la empresa y le deniega la licencia municipal de obras.

Todo ello pese a que en abril de 2013 se informó favorablemente de la instalación de la actividad, con la firma del concejal del área, Ramón Luis Socas, y a que se reconoce la necesidad de contar en el Norte de la Isla con una instalación de este tipo. De hecho, otras localidades como La Guancha se han mostrado interesadas en albergar esta instalación.
Un informe concluyente
El concejal de Urbanismo, Ramón Luis Socas, asegura que el informe jurídico final de la jefa de sección, “es concluyente” y determina que ambas instalaciones son contrarias a planeamiento por el lugar donde se ubica el solar.

El edil sostiene que “no puede contradecir ni favorecer un documento de los técnicos, quienes tienen la absoluta libertad para emitir los informes correspondientes. Me remito a ellos, como ha sido durante estos casi cuatro años que he sido concejal de urbanismo”, apunta.

Sin embargo, Federico Pedro Hernández asegura que no se quedará con los brazos cruzados. Su desesperación es tal que acudirá a la Justicia para solicitar, entre otras cuestiones, “una reparación de daños y perjuicios a la administración”, porque cree que tanto el grupo de gobierno (PSOE) como la oposición, en particular, CC, han puesto trabas en el proyecto. En este sentido, recuerda que el portavoz de los nacionalistas, Francis González, y un grupo de vecinos recogieron unas mil firmas en contra de la instalación de este servicio en Icod, sin argumento alguno.

La normativa para los crematorios

La normativa que se aplica para denegarle a la empresa la instalación de un crematorio data del año 1974, cuyo artículo 50 establece que este tipo de emplazamientos deben estar alejados de zonas pobladas a una distancia de unos 500 metros. En el caso del tanatorio que se proyecta en Icod la distancia mínima exigida no se cumple, ya que conforme al proyecto se encuentra a 100 metros del cementerio municipal mientras que se desconoce la que tiene respecto a instalaciones habitadas como el centro de la tercera edad, canchas de fútbol, piscina y colegios. Sin embargo, Hernández sostiene que la mayor parte de los hornos crematorios de Canarias incumplen la normativa sectorial aplicable y por eso se pregunta por qué en esos casos se autorizó el uso y en el suyo se deniega, lo que supone, a su juicio, “una vulneración de los derechos fundamentales y la igualdad”.