
JOSÉ LUIS CÁMARA | Santa Cruz de Tenerife
El sistema MIR (Médicos Internos Residentes), base de la formación de especialistas desde hace más de 40 años, continúa proporcionando, a pesar de sus limitaciones, cualificados profesionales al sistema sanitario español. A lo largo del tiempo se han ido desarrollando estructuras y herramientas de evaluación y control del mismo, como las comisiones docentes y asesoras, las redes de comisiones locales o el nombramiento de tutores y jefes de estudios. Esta figura, sin embargo, lleva tiempo siendo cuestionada por los colegios profesionales, los sindicatos y los propios residentes, muchos de los cuales demandan más apoyo y supervisión de sus jefes, muchos de los cuales son nombrados a dedo. Y es que la docencia MIR conlleva una enorme responsabilidad -nada menos que la formación de especialistas cualificados- para los hospitales que la asumen. Sin embargo, los facultativos aseguran que esta misión ha recibido una “escasa atención” de la mayor parte de las autoridades sanitarias y de las gerencias hospitalarias.
Paradójicamente, el Boletín Oficial de Canarias (BOC) publicó el pasado miércoles una resolución de la Consejería de Sanidad por la que se determinan las percepciones económicas que corresponde individualmente asignar al personal facultativo especialista en Ciencias de la Salud que haya sido designado por las gerencias de los centros sanitarios del Archipiélago para la realización de las funciones de jefatura de estudios de formación sanitaria especializada.
La resolución deja claro que dicho especialista designado para el ejercicio de estas funciones de jefatura de estudios de los MIR ha de disponer, dentro de su jornada laboral, “de un porcentaje de dedicación específicamente reconocido para la realización de tales funciones, no inferior al 20%”, un porcentaje que hasta ahora no se especificaba y que vendrá determinado por el número de residentes de la unidad docente, debiendo tenerse en cuenta la estructura del centro, las unidades acreditadas, la existencia o no de otras figuras docentes y el tipo de comisión de docencia. De igual modo, la orden establece diversas formas de reconocimiento del ejercicio de las funciones de jefatura de estudios, previendo la percepción de la retribución económica asociada al puesto de jefatura de sección según la dedicación específica reconocida.
Quejas por los nombramientos “a dedo”
Las tres sociedades nacionales de Medicina de Familia (Semfyc, SEMG y Semergen) llevan años quejándose de que la designación del jefe de estudios -una figura definida en el Real Decreto 183/2008 que preside la comisión de docencia y que dirige y coordina la actividad de los tutores- queda al albur de los términos que determine cada comunidad autónoma, como recoge la orden 581/2008. Estas organizaciones critican que no haya un protocolo nacional para nombrar al jefe de estudios, que es una figura técnica y docente que debería estar reconocida a partir de sus méritos. Dejan claro además que los nombramientos tendrían que regirse por un reglamento nacional, así como existir un concurso público o carrera profesional detrás que los avalase, para evitar que los nombramientos se hiciesen “a dedo”.