política>

Condenan al PSOE a pagar 81.000 euros a su exconcejal Gloria Rivero

TINERFE FUMERO | Madrid

Gloria Rivero. | DA
Gloria Rivero. | DA

El Juzgado de Primera Instancia nº 84 de Madrid ha condenado al PSOE a pagar un total de 81.046,33 euros a su exdiputada y exconcejal Gloria Rivero por los gastos de la campaña municipal de 2007 a la Alcaldía de Santa Cruz de Tenerife. A cuenta de esta disputa judicial, Rivero llegó a sufrir un embargo de sus bienes en beneficio de la empresa de publicidad Arco MBR. La cantidad señalada es la suma de lo que en su día le fue embargado a la afectada, otra cantidad que aún no había satisfecho a la empresa, las costas del proceso que terminó en embargo y, por último, los intereses legales. La representación legal de la exdiputada ha corrido a cargo del exmagistrado Eligio Hernández.

En la sentencia, que obra en poder de este periódico, se detalla que la empresa en cuestión realizó varios trabajos para la candidatura municipal de Rivero, entonces cabeza de lista al Ayuntamiento capitalino por el PSOE. En concreto se trataba de vallas publicitarias e inserción de anuncios en los cuatro periódicos provinciales.

Más de dos años después de la celebración de aquellas elecciones, la empresa demandó a Rivero para que abonase las dos facturas correspondientes a las vallas, otra por los anuncios en prensa y dos más fechadas meses antes de la campaña, concretamente en enero y marzo de aquel año. En total, y como quiera que ya se había realizado un pago a cuenta de 1.918,19 euros, la empresa reclamó a Gloria Rivero otros 48.760,55 euros como pago de sus servicios. Sorprendentemente, el juzgado tinerfeño que sustanció tal demanda no logró en principio emplazar a Rivero ni en la sede del PSOE ni en el propio Ayuntamiento, aunque tras cuatro meses y medio de búsqueda al fin se logró dar con su secretaria en la sede de la Alcaldía. Ya en abril de 2010, la empresa solicitó la suspensión del proceso por estar en vías de llegar a un acuerdo, pero en febrero de 2011 se reactivó el mismo al no alcanzarse tal conformidad.

Tal reanudación solo le fue comunicada “a quien (sin identificarse) dijo ser la secretaria del Grupo Socialista del Ayuntamiento”. El resultado fue que Rivero no contestó a la demanda y se la declaró en rebeldía procesal. En junio de aquel año el juzgado tinerfeño estimó la demanda y condenó a la protagonista de esta historia a pagar los citados 48.760,55 euros, pero la historia se repitió y no hubo manera de comunicar la misma a Rivero, que por aquel entonces ya no era concejal.

Así las cosas, la empresa promovió la ejecución de sentencia y se procedió al embargo de los bienes de Rivero, lo que supuso el ingreso de unos 50.000 euros. Como aún quedaba deuda por saldar, también se le embargó la prestación por desempleo que entonces cobraba la exdiputada y un inmueble de su propiedad.

La primera reacción de Rivero fue iniciar un procedimiento penal contra la empresa que fue sobreseído, pero durante el mismo quedó claro que la entonces candidata no había contratado nada personalmente con los publicistas. Posteriormente, la afectada demandó al PSOE con el resultado ya explicado.

En la sentencia del juzgado madrileño que condena a la formación política a pagar a Rivero los 81.046,33 euros señalados no se aclara quién fue finalmente el que contrató a la empresa de publicidad las vallas y demás trabajos, pero sí que el PSOE certificó (para comprensible asombro de la magistrada) que “en su funcionamiento habitual para la contratación de trabajos de publicidad propios de las campañas no se suelen firmar contratos”, para añadir que “lo común es abonar las facturas presentadas en los términos acordados verbalmente”.

No consta que Juan Fernando López Aguilar, Francisco Hernández Spínola o Santiago Pérez, para cuyas campañas también trabajó la referida empresa, hayan sufrido un caso similar.