SANTA CRUZ DE TENERIFE

La capital fija un año para legalizar las propiedades no registradas

Los vecinos de Santa Cruz tienen hasta el 30 de junio de 2016 para llevar a cabo la regularización de sus inmuebles, tanto urbanos o rurales, que por el motivo que fuera no han sido dados de alta en el Catastro, incluidas las modificaciones sobre propiedades ya registradas y que tampoco hayan sido declaradas. Aquellos que se acojan a esta regularización catastral deberán pagar una tasa de 60 euros y podrán hacerlo sin la imposición de multa alguna por el incumplimiento del deber de declararlos. Ayer el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba la apertura de esta ventana temporal en virtud del convenio que el Ayuntamiento capitalino ha suscrito con la Dirección General del Catastro y que se enmarca dentro del plan de regularización catastral que el Ministerio de Hacienda puso en marcha hace tres años.
Los municipios españoles se han ido incorporando por tandas a este plan de lucha contra el fraude fiscal siendo ahora el turno de Santa Cruz. Junto a la localidad chicharrera, en la orden del BOE también figuran las de Adeje, Los Llanos de Aridane y San Cristóbal de La Laguna. Desde Hacienda se insistió en su momento en que el plan de regularización catastral no multa las obras ilegales, algo que es competencia de las autoridades municipales y autonómicas, con lo que la incorporación al Catastro de un inmueble no convalida ese tipo de infracciones.

Con esta regularización el Ayuntamiento de Santa Cruz busca actualizar su propia base de inmuebles susceptibles de tributar por el Impuesto sobre Bienes e Inmuebles (IBI) y que, como reconocían desde la Concejalía de Hacienda en el mandato pasado, estaban teniendo problemas para localizar a muchos de los propietarios que debían cumplir con el pago del tributo.

Comunicación

Según explica el portal web del Catastro, la iniciación del procedimiento de regularización, que es de oficio, se comunica a los interesados para que puedan realizar las alegaciones que estimen oportunas, puesto que la puesta en marcha de este convenio lleva aparejado que se haga una revisión del parque de inmuebles de la capital para detectar las nuevas construcciones, pero sobre todo, las ampliaciones que no hayan sido declaradas convenientemente.

Los efectos de la incorporación al Catastro, tanto de los inmuebles como de las alteraciones de su descripción catastral, se producen desde el día siguiente al del hecho, acto o negocio que origina la incorporación o modificación catastral. La tasa debe ser abonada por el titular del recibo del IBI en el ejercicio en el que se haya iniciado el procedimiento de regularización catastral. Desde el Ministerio de Hacienda también se defendió que este proceso no implica una revisión al alza de los valores catastrales, ya que los inmuebles se regularizarán conforme a los importes vigentes en cada municipio, y señala que se trata de aflorar inmuebles “que están disfrutando de los servicios públicos municipales a costa de los titulares de los inmuebles correctamente declarados”. En este sentido, considera que “es de justicia que su correcta incorporación al catastro garantice su contribución al sostenimiento de dichos servicios públicos”.

La regularización culmina con la asignación de un valor catastral al bien inmueble aflorado y una fecha de efectos de dicho valor, información que se incorpora al padrón inmobiliario del municipio y sirve para la correspondiente gestión tributaria de los ayuntamientos respeto de las obligaciones por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de ejercicios futuros y pasados no prescritos.

La recaudación crece el 63%

Según los datos aportados por el Instituto Canario de Estadística (ISTAC), la recaudación en concepto de IBI en Santa Cruz creció el 63% en los últimos 10 años, 20 puntos por debajo del aumento medio de toda Canarias que fue del 83%. Así, en 2004, se ingresaron 23.591.940 millones de euros, frente a los 38.541.116 recaudados el año pasado en la capital. El Istac achaca este aumento a la actualización de los valores catastrales y no tanto al crecimiento de los tipos impositivos que aplican los Ayuntamientos a los bienes, que en el caso de Santa Cruz ha pasado del 0,56% en 2004, al 0,64 del año pasado para reducirlo hasta el 0,58% en 2015.