Por definición, la mala praxis médica se configura “cuando hay impericia, negligencia e inobservancia de los reglamentos en que debe basarse el arte de curar”. La obligación del médico o centro de salud es arbitrar todos los medios para garantizar su buena actuación profesional. Si el profesional incurre en un error de diagnóstico o de tratamiento, u omite actuar de determinada forma que maximice las posibilidades de éxito en el tratamiento, está incurriendo en mala praxis profesional. Los ejemplos más habituales de este tipo de reclamaciones y denuncias se realizan contra centros hospitalarios, medicinas financiadas, obras sociales, clínicas y contra los propios profesionales de la salud.
En los últimos cuatro años, la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias ha tenido que hacer frente al pago de 14,2 millones de euros en concepto de reclamaciones patrimoniales por funcionamiento anormal del Servicio Canario de Salud (SCS). Así consta en una respuesta emitida por la Administración sanitaria a una pregunta parlamentaria realizada, paradójicamente, por el ahora nuevo titular del departamento regional, Jesús Morera, cuando este era portavoz del PSOE en esta materia.
Esta cifra se verá incrementada notablemente este ejercicio, toda vez que la Consejería ha pedido al Consejo Consultivo que emita dictámenes por 56 reclamaciones de indemnización por daños sanitarios. De dichas denuncias, según las evaluaciones realizadas por el órgano jurídico de la Comunidad Autónoma, al menos 17 deben ser estimadas o continuar tramitándose, ya que las propuestas de resolución elaboradas por los servicios jurídicos regionales no están bien fundamentadas o no se ajustan al actual ordenamiento. En esta misma línea, el Consejo Consultivo ha recomendado que se estimen 8 reclamaciones patrimoniales, por una cantidad global que superaría el millón de euros, aunque varias de ellas están pendientes de que se fije la cifra de la indemnización. Por ende, el Consultivo establece que en dos de las denuncias formuladas habría que dar audiencia a los interesados y practicar más diligencias, como así consta en los dictámenes publicados sobre estos casos.
Según exponen al DIARIO fuentes judiciales, las reclamaciones patrimoniales se pueden realizar por la vía administrativa o la judicial, y no siempre están vinculadas a negligencias médicas. En el caso del Servicio Canario de la Salud, entre 2011 y 2014 se registraron 74 reclamaciones patrimoniales por la vía administrativa y 156 por la judicial. En el primer caso, la Consejería tuvo que pagar casi 2,5 millones de euros, mientras que por la vía judicial abonó 11,7 millones.
La función del Consejo Consultivo se lleva a cabo siempre a petición de la autoridad legitimada; unas veces, de forma obligada; en otras, de forma facultativa, porque a esa autoridad le interesa conocer la opinión del consejo en un asunto concreto. “Tal opinión se expresa mediante la emisión de un parecer jurídico, llamado dictamen, fundado exclusivamente en razones de legalidad y nunca de oportunidad o conveniencia. Dicho parecer, estrictamente jurídico, no es vinculante, salvo que la ley expresamente lo disponga”, concluyen desde el órgano.
[sws_grey_box box_size=”100″]Tres fallecidos y varios lesionados
“Ante los síntomas de asfixia que presentaba, se llamó por primera vez a Urgencias solicitando una ambulancia a las 23.40 horas, y se siguió llamando hasta seis veces más sin que apareciera ambulancia ni personal sanitario alguno hasta las 00.30 horas, sin que ya se pudiera hacer nada por su vida”. Así de contundente es el informe en el que se da cuenta de uno de los casos de fallecimiento que han motivado una reclamación patrimonial, estimada por el Consultivo y que tendrá que abonar la Consejería de Sanidad. Como este, en lo que va de año hay al menos dos muertes más por una supuesta mala praxis. De igual modo, en los dictámenes emitidos por el Consejo Consultivo de Canarias también se da cuenta de casos como el de un niño de 15 años que perdió un testículo o un anciano que sufrió una “atrofia del tren inferior y los glúteos” por la “despreocupación y falta de seguimiento de la evolución de los problemas que presentaba”. Todos ellos recibirán la consiguiente indemnización.[/sws_grey_box]