tribuna

Animales potencialmente peligrosos

Cuando el Estado en 1999 decidió intervenir sobre este tipo de animales lo hizo para la defensa de la Seguridad pública. Si bien es cierto que la causa principal de esta Ley fueron los ataques a personas protagonizados por perros, lo que produjo un gran desasosiego, no solo son considerados como animales potencialmente peligrosos a ellos, sino que a todos los animales domésticos que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas y, además, a todos los que perteneciendo a la fauna salvaje sean utilizados como animales domésticos o de compañía, con independencia de su agresividad.

Sin embargo, los perros acaparan en este sentido todo el protagonismo ya que la consideración como peligroso es tan extensa que mejor hubieran terminado antes por incluir a todas las razas de perros, porque seamos franco; causar lesiones a personas, animales o daños a las cosas los engloba a todos, es más la potencial peligrosidad será apreciada por la autoridad competente atendiendo a criterios objetivos, o sea, se abre una discrecionalidad que unida a la amplitud de la regulación hace que todos tengamos que cumplir como si nuestro perro fuera tal, otra cuestión es que la administración ante nuestra iniciativa no lo admita, pero, nosotros hemos cumplido, ¿no les parece?Aunque siempre está el hecho de que no tuviéramos motivos para saber que nuestro perro era capaz de atacar. Con el nuevo Código Penal se requiere ser consciente del carácter feroz o dañino, e igualmente de dejarle suelto o en disposición de causar mal. Este ejemplo no deja de ser uno de tantos miles de la sombría legislación que padecemos.

Pues bien, la tenencia de cualesquiera animales requerirá de una licencia administrativa, que será otorgada por los Ayuntamientos, pero no solo la tenencia, sino que también la importación, venta o transmisión y asegurarnos de que el adquirente también la tenga. Además de ello los establecimientos, asociaciones, albergues, criaderos, adiestradores, residencias y centros recreativos necesitan de una autorización para su funcionamiento.

Además, se crea un registro informatizado en toda Canarias y también el certificado de capacitación para el adiestramiento y en este último me detengo porque como ya adelantamos existe la obligación de obtenerloya que el adiestramiento no podrá estar dirigido exclusivamente a acrecentar y reforzar la agresividad del animal con la finalidad de dedicarlo a peleas o prepararlo para el ataque, para la superación de un curso de formación que debe ser impartida por centros de formación que estén acreditados oficialmente y la formación impartida conlleva aportar un programa formativo para su homologación sobre el que la Dirección General de Seguridad y Emergencias deberá resolver en el plazo máximo de 3 meses.

Será el Cuerpo General de la Policía Canaria quienes ejercerán las actuaciones de inspección de los centros de adiestramiento y de las condiciones de seguridad establecidas como la entrada de personas menores de edad, las faltas de señalizaciones, puertas o ventanas no estén fabricadas de materiales resistentes que garanticen que los perros no puedan abrirlas, un protocolo específico y por escrito de actuación, sus vehículos deben contar con medidas de protección animal y de seguridad, además, entre otras cosas, deben disponer de un seguro de responsabilidad civil por un importe mínimo de 300.000 euros.