POLÍTICA

La Audiencia Nacional rechaza un nuevo recurso del Gobierno de Canarias por el Convenio de Carreteras

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado un nuevo recurso promovido por el Gobierno de Canarias contra el “incumplimiento” del Ministerio de Fomento de los compromisos adquiridos en el Convenio de Carreteras firmado por la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma.

El fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, se refiere en esta ocasión a la demanda presentada por el Ejecutivo canario con el objetivo de obligar al Estado a transferir la anualidad del citado convenio correspondiente a 2013, alrededor de 207 millones de euros, ya que tan sólo fueron transferidos algo más de 54 millones.

La Audiencia Nacional resuelve en el mismo sentido y en idénticos términos a los acogidos en una sentencia anterior sobre la anualidad de 2012, cuando el Gobierno regional también recurrió la decisión “unilateral” del Estado de recortar el compromiso de pago establecido por el Convenio de Carreteras para dicho ejercicio.

Al igual que en el primer recurso, los servicios jurídicos de la Comunidad Autónoma se apoyan en el “carácter vinculante” del Convenio y que, por tanto, existe una “obligación de pago” por parte del Estado que surge de lo estipulado en este documento y no de la existencia de partida presupuestaria suficiente para su abono.

Además, recuerdan que, según lo dispuesto en la Ley del REF, la Administración del Estado está obligada a financiar las obras de interés general radicadas en Canarias y a incluir en los Presupuestos Generales las partidas correspondientes para facilitar la integración del archipiélago con el resto del territorio nacional.

La Sala desestima la petición del Ejecutivo canario en base al art. 20 de la Ley General Presupuestaria, que dispone que pese al carácter vinculante del convenio de colaboración para las administraciones públicas que lo firman, cuando alguna de las obligaciones del convenio implica la realización de un gasto público, su cumplimiento está sujeto al principio de legalidad presupuestaria.