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Por una Ley Canaria de la Viña y el Vino

Desde Avibo, Asociación de Viticultores y Bodegueros de Canarias, venimos defendiendo desde los inicios de la asociación, en el año 2008, la necesidad de contar en Canarias con una Ley de la Viña y del Vino, propia. En nuestra opinión sólo se precisan leyes autonómicas, cuando tienen objetivos específicos ligados a la naturaleza del bien a desarrollar. Creemos que esas condiciones se dan para la viña y el vino en Canarias, y de ello opinamos. Una primera reflexión antes de entrar en contenidos, es imprescindible respetar la jerarquía normativa de las leyes. El ejercicio contrario a este principio viene en Canarias bloqueando, o limitando buena parte de las últimas iniciativas legislativas, por lo que es fundamental tener claros los campos de actividad de la nueva Ley.

Si bien el marco de referencia estaría apoyado en la Ley Básica Ley de la Viña y del Vino 24/2003, la puesta en marcha del Tratado de Lisboa de 2006 ha venido cambiando el marco normativo europeo para acomodarlo a la globalización. Todo ello se traduce en una relectura que obliga a todas las leyes a “simplificar y liberalizar” el marco, que se unifica a nivel europeo. Así en el periodo 2008/2015 numerosos reglamentos de la Comunidad Europea han entrado a unificar el modelo, redefiniendo las categorías de productos vitícolas o el listado de términos tradicionales la ley canaria debería hacer su relectura sobre esta base, en nuestra opinión permitiendo análogo grado de libertad que la norma europea y la básica nacional. Deberá ser con estas Normas, el propio productor vitícola o bodeguero quien defina su modelo. Esto que parece abstracto se entiende de manera práctica, en contraste con la insana costumbre canaria de ponerse vía ley las mayores restricciones, que luego la práctica les lleva a incumplir. Ya en el mundo globalizado los objetivos propios de las leyes van por otro camino. En la nueva Ley de la Viña y del Vino los objetivos generales se centran en “asegurar la calidad”, “asegurar la competencia” de los operadores, “proteger al consumidor”, “promover la calidad” y asegurar el “control de los procesos técnicos”. En el mundo globalizado poco importan las estructuras organizativas del sector o el grado de intervención público. Todo ello se traslada al “autocontrol” de los operadores, que tutela la Administración. De hecho, con la nueva legislación, las posibles DOP o IGP de nueva creación no tienen obligación en Europa de tener consejos reguladores.

Resuelta la acomodación de la Ley al Marco General básico Bruselas- Madrid, lo específico de una ley canaria regional debiera centrarse en atender los temas propios. En nuestra opinión en primer lugar los ligados a la escala y territorio de Canarias. El tamaño de la bodega en Canarias debe permitir hacer compatible a su interno, la existencia de todas las categorías de vinos, asegurando en cada caso su trazabilidad, Vinos DOP e IGP y vinos de mesa. Lo más específico de Canarias es su territorio, en Islas con viñas en topografías de 30 metros a 1.700 metros sobre nivel del mar, pluviometrías de 100 milímetros a 1.200, microclimas, productividades, varietales, etc. Posiblemente el territorio europeo más diverso. Al entender la singularidad aparece la necesidad de apoyar la vitivinicultura ligada al turismo, para lo cual se precisa permitir como complementarios todos aquellos usos compatibles, enoturísticos, turismo rural, medio ambiente, energías renovables, I + D + i, restauración, pedagogía, agrotienda, naturaleza, etnografía, deporte, centro visitable, degustación y catas, mercado, escuela de cocina, etc. Usos que admite y financia la normativa europea.

La singularidad canaria viene reforzada a su vez en el Régimen RUP (Región Ultraperiférica). En lo que al vino se refiere, Canarias es la única región española con ayudas POSEI (Viña, Bodega, Exportación). Es la viña en España que a la fecha carece de “derechos de plantación”, anuladas desde el 2013 y como RUP tiene las ayudas específicas de los Planes de Desarrollo Rural y los vinculados a la Ley de la Viña y del Vino, fondos FEDER-FEAGA en los tipos máximos del 75%, cuando en Península está al 40%. Asegurar el Régimen RUP con la nueva Ley del Vino Canario es un claro objetivo. El apoyo normativo al vino canario debería desarrollarse a través de una ley canaria, que viene incorporada en el Programa de Gobierno de esta Legislatura y en paralelo en el solicitado por todo el sector decreto de bodegas, que compatibilicen plazo y prioridades. Una Ley precisa de una Legislatura, un Decreto, un año. Creemos estar en sintonía con las líneas del nuevo Gobierno para la viña y el vino.

*Presidente de AVIBO y de la DOP Islas Canarias