tribuna

La gasolina como gasto de empresa – Por Olaya González Moreno*

¿Puedo incluir la gasolina como gasto deducible de mi empresa? Depende; siempre que se cumpla con las condiciones que nos indica Hacienda, no habría problema. Pero, ¿qué condiciones son esas? Hacienda nos dice que el vehículo tiene que estar afecto totalmente a la actividad económica, ¿y qué significa esto? Que el coche únicamente lo podemos utilizar para trabajar. Pero aquí no queda todo, evidentemente a la Agencia Tributaria no le vale con nuestra palabra, sino que tenemos que demostrarlo, por ejemplo, con el vehículo rotulado, con un libro de rutas o con un seguimiento de los kilómetros diarios relacionado al trabajo que realizamos.

El hecho de tener dos vehículos en la familia no justifica que uno sea para la empresa y el otro para la vida personal. Es más, existen varias sentencias en las que se explica que en la época que estamos es muy habitual la existencia de otros vehículos destinados al uso familiar, por tanto, no supone prueba suficiente. Aunque no todo son malas noticias, la administración nos da un respiro en algunos casos permitiendo excepciones como, por ejemplo, los comerciales que usan su propio vehículo para visitar a los clientes o los mismos coches de una autoescuela. En estos casos se entiende que pueden usar el vehículo tanto para la actividad económica como para su vida personal.

Si finalmente usted cumple con los requisitos y puede demostrar que el uso que hace de ese vehículo es cien por cien para la empresa, ¿qué ventajas tiene? Muchas, ya que el mantenimiento diario de los coches no suele ser nada económico. Gastos como la gasolina o incluso el taller pueden ser deducidos, y esto, a la hora de presentar los impuestos, es un gran beneficio para nuestra actividad.
Si, en caso contrario, estamos incluyendo los gastos del vehículo en la empresa cuando realmente no cumplimos con los requisitos, ¿qué consecuencias puede provocarnos? Comenzando con una inspección por parte de la administración, se procedería a eliminar todas las facturas relacionadas con esos gastos, ya que entiende que no tenemos derecho a deducirlos.

Como consecuencia, tendríamos que afrontar la diferencia del resultado en los impuestos, además de la sanción y sus intereses. En conclusión, antes de deducir los gastos de su vehículo es mejor consultar a un profesional para conocer de antemano si realmente puede hacerlo y las pruebas que debe tener a su disposición en caso de inspección.
*GOYA ASESORES