Tribunales

El TS eleva a 20 años la pena de cárcel al chófer pederasta del Sur

El Tribunal Supremo (TS) hizo pública ayer su decisión de elevar la condena de cárcel impuesta a un chófer escolar que trabajó en el sur de Tenerife a 20 años de duración, en información facilitada por el gabinete de prensa del Consejo General del Poder Judicial. Esta sentencia responde al recurso presentado por la Fiscalía y considera válida su argumentación de que la pena impuesta por distribuir pornografía infantil en Internet de menores de muy corta edad e incluso bebés debía subir de tres a cinco años. Además, mantiene la pena de 15 años de prisión impuesta por los abusos sexuales que cometió el ahora condenado y que sufrió un niño de apenas 9 años que era su alumno cuando, ocasionalmente, dio clases de kárate en un gimnasio de El Fraile, dentro del término municipal de Arona.

Esta decisión del alto tribunal llega tras la dictada por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife en mayo de 2015, en un juicio que captó la atención mayoritaria de la opinión pública por la gravedad de los hechos descritos.

Hay que tener en cuenta que también se acusaba al ahora condenado, identificado como José Antonio G. H. y hoy con 61 años de edad, de abusar de otras menores, concretamente tres hermanas. Aunque se consideran probados tales abusos, no fue condenado por ello porque esos delitos habían prescrito para cuando arrancó el proceso.

Imagen de archivo de la sede del Tribunal Supremo, en Madrid. / europa press
Imagen de archivo de la sede del Tribunal Supremo, en Madrid. / europa press

En cuanto al aumento de la pena, el Supremo argumenta los dos años de más al apreciar la agravante derivada del tipo de escenas entre adultos y niños que se mostraban en los archivos compartidos por el acusado, no en balde destaca en la sentencia que el contenido del material pornográfico, como ya explicaba la Audiencia, “es claramente expresivo de un brutal ejercicio de violencia sexual por parte de adultos sobre niños”.

Los efectivos de la Guardia Civil asignados al caso encontraron en el ordenador del condenado cerca de 4.000 archivos de la índole referida, así como términos de búsqueda empleados por el procesado para la descarga de archivos por el programa Emule con patrones que responden claramente a un contenido pedófilo.

En cuanto a la agresión sexual al niño de 9 años de edad, se produjo entre los meses de octubre y diciembre de 2013 en un gimnasio propiedad del acusado.

[sws_grey_box box_size=”100″]Inolvidable relato por lo abominable

Cuando el caso del chófer de guagua escolar llegó a la Audiencia Provincial, una víctima relató lo que se consideran hechos probados, pero sobre los que no hay castigo penal al haber prescrito los delitos. Ella era una de las hermanas que sufrió abusos durante buena parte de su infancia y su adolescencia. El ahora condenado, explicó, se ganó su confianza con detalles, dándoles el mínimo de atención que su propia madre no sabía, no podía o no quería prestarles. Así las atrajo, y entre lágrimas contó que les forzaba a repetir lo que veían en películas pornográficas. Ella misma, a sabiendas de que tales crímenes quedarían sin castigo por mor de la referida prescripción, pidió a la prensa (por medio de su abogada) que se reprodujeran con toda la crudeza, para que al menos los vecinos supieran de cuánta maldad era capaz este lobo vestido con piel de cordero. Inolvidable relato el de aquella mujer, víctima también del destino porque nunca quiso denunciar, seguramente agotada ya su capacidad de sufrimiento. Pero tampoco quiso mentir a los guardias civiles que la identificaron por los vídeos que encontraron en el registro efectuado en la casa del ahora condenado. Inolvidable, sí, por abominable.[/sws_grey_box]