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> por Rosendo Cabrera Hernández

Respuesta del Colegio de Ingenieros de Caminos al jefe del servicio provincial de Costas

   

Con la publicación por este Colegio en los medios locales de prensa de un artículo de opinión sobre la protección del litoral y las discrepancias institucionales sometidas a debate público en cuanto a las medidas aplicadas en la recuperación del dominio público ilícitamente ocupado en gran parte de nuestra costa no se pretendió en ningún momento “imponer doctrina sobre el asunto, sino aportar al debate algunos fundamentos y mayor claridad”. (sic)
En este sentido, pusimos de manifiesto la causa principal de este estado de cosas y nos manifestamos claramente sobre la “dificultad de entender que el conflicto entre administraciones central y ocupantes del dominio público se hubiera extendido a otras instituciones públicas que mantienen opiniones contrapuntas sobre las actuaciones del Ministerio en su recuperación”.
Manifestábamos, además, lo sorprendente que resultaba “la ausencia de apoyos unánimes a estas intervenciones del Estado desde sectores públicos que habitualmente abogan por la preservación de litoral como patrimonio de todos”. Resaltamos también en nuestra publicación anterior la “falta de objetividad en las decisiones de la institución autonómica y locales cuando utilizan instrumentos de excepcionalidad que resultan abusivos y de dudosa justificación”. Destacábamos finalmente, que “el Plan Director de Sostenibilidad de la Costa constituye una fórmula constructiva de actuar en la recuperación del dominio público litoral”.
Cuál no sería el asombro de los órganos directivos de este Colegio de Ingenieros de Caminos al conocer la publicación rubricada por la Jefatura Provincial de Costas, en la que ésta manifestaba su sorpresa por el hecho de que el Decano de este Colegio depositara toda la responsabilidad en el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MARM). Nada más lejos de ello, según se deduce claramente de las citas anteriores.
En esta misma línea, aquella Jefatura señalaba que la ordenación del litoral debería proponer la reubicación de las edificaciones ilícitamente construidas en la zona de servidumbre costera (100 metros o 20 metros desde la ribera del mar, de acuerdo con la ley de Costas). Si bien es cierto que, en algún caso, en esta Isla se han realizado operaciones de esta naturaleza desde la iniciativa municipal (núcleo costero de Rojas, en El Sauzal), las dificultades jurídicas y económicas que conllevaría la aplicación generalizada de esta medida se verían agravadas, por supuesto, por las inevitables discrecionalidades en su materialización.
Tal como afirma la Jefatura de Costas, es la Comunidad Autónoma la que mantiene las competencias de ordenación en la parte terrestre del dominio público litoral, correspondiendo, por tanto, a la misma regular los usos a implantar, así como velar por su cumplimiento. Aunque no era éste en absoluto el asunto objeto de la opinión publicada del Colegio, sino los problemas surgidos en la aplicación de las medidas de recuperación de lo público que se llevan a cabo en esta Provincia, podemos afirmar que en el ejercicio profesional de nuestros colegiados existen sobradas pruebas de las dificultades, muchas veces insalvables, derivadas de cualquier intento de intervención iniciado desde las administraciones territoriales sobre el dominio público costero. Éstas alcanzaron su máximo grado de desencuentro interadministrativo en el por todos conocido Programa de Tenerife y el Mar, promovido en su día por el Cabildo de Tenerife, en el que muchos equipos de ingenieros y arquitectos locales chocaron frontalmente, con escasos resultados, con los singulares criterios ministeriales en una aplicación sui generis de la legislación estatal de costas.
Causa especial extrañeza el juicio devaluatorio que hace el Servicio de Costas sobre el Plan Director de Sostenibilidad, elaborado con gran despliegue de medios por el propio Ministerio. Este documento, a nuestro parecer, encierra un alto valor como herramienta única capaz de objetivar las actuaciones de aquel Ministerio en las operaciones de recuperación del suelo público indebidamente ocupado. La razón aludida por aquel Servicio de que, para ser de utilidad, este Plan debería ser reelaborado y tramitado por la Comunidad Autónoma de Canarias, a la que señala como actora obligada en la aplicación de este Plan de Sostenibilidad, no se compadece con la facultad disciplinaria que en el dominio público litoral sólo compete a los órganos de la Administración del Estado.
Por otro lado, la Jefatura de Costas parece desconocer la legislación territorial canaria al proponer un Plan de Ordenación del Litoral de Canarias, siendo ésta una figura inexistente en dichas leyes. Según los textos normativos en vigor, la ordenación de nuestra costa sólo puede regularse desde los Planes Insulares de Ordenación y concretarse a través de Planes Territoriales Especiales, referidos a ámbitos concretos o bien, directamente, desde el planeamiento urbanístico municipal, si fuera el caso, tal como se ha hecho hasta la fecha en los distintos Planes Insulares aprobados en esta Comunidad. Por tanto, no resulta cierto tampoco que el planeamiento en Canarias “apenas ha introducido previsiones de futuro en el espacio costero”, como se afirma en el escrito aquí contestado, en el que se llama a los Ingenieros de Caminos a “señalar los problemas existentes en la costa y sus soluciones en su participación en los planes a redactar”.
Todos los ingenieros colegiados que hemos intentado lo que desde aquella Administración de Costas se nos demanda sabemos, por propia experiencia, la extrema dificultad en superar las barreras administrativistas de lo servicios centrales y periféricos de Costas para avanzar en este camino.
Por último, este Colegio quiere llamar la atención ciudadana sobre lo que a nuestro entender mueve a la Jefatura de Costas a derivar sus responsabilidades hacia otras instituciones de ámbito local y regional; esto es: ocultar las muchos factores de ineficiencia y permisividad que han caracterizado tantas veces a esta Administración al ejercer estas competencias centralizadoras en muchos territorios costeros de España.Este Colegio continuará, a pesar de todo, su proyecto de informar debidamente a los ciudadanos en el ámbito de esta Demarcación sobre las causas del grave deterioro de nuestras costas y sobre las que entendemos como mejores soluciones para restaurar el orden injustamente alterado en cuestionables procesos de ocupación.